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CincoSentidos

Reclamaciones contra los médicos

No hay datos oficiales, aunque algunas asociaciones de afectados hablan de decenas de miles al año. Las reclamaciones y las negligencias médicas enfrentan cada año a pacientes y facultativos ante la Administración y ante los tribunales. El hecho de que la sanidad sea una competencia transferida a las comunidades autónomas y la existencia de diferentes vías para reclamar dificulta el cálculo de este tipo de incidencias, muchas de las cuales -las que no son excesivamente graves- se resuelven sin llegar a juicio.

'El año pasado nuestra asociación recibió 12.000 reclamaciones, pero calculamos que en el conjunto de España pueden haber rondado las 70.000', explica Carmen Flores, presidenta de la Asociación Defensora del Paciente (Adepa). De ese volumen de reclamaciones, alrededor del 60% se tramitó por la vía judicial. Casi 2.400 actuaciones médicas tuvieron resultado de muerte.

'Hay que diferenciar dos tipos de quejas: las que se refieren a falta de atención y mal trato y las que constituyen una negligencia o una irregularidad sanitaria grave', explica el abogado de un bufete especializado en temas de sanidad.

Si se ha sufrido una de las primeras, el camino es plantear la reclamación ante la dirección del centro hospitalario, el Ministerio de Sanidad y Consumo o las autoridades autonómicas si se trata de la sanidad privada. En el caso de la pública, ante el servicio de atención al paciente de los propios centros sanitarios, la Administración autonómica o el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Si, por el contrario, se trata de una posible negligencia profesional, hay que tener en cuenta varios aspectos antes de comenzar a actuar. El primero de ellos es que, por mucho que le pese, sufrir un daño en el marco de una actuación médica no siempre es sinónimo de negligencia. 'La legislación española no hace al médico responsable del mal resultado de su actuación, ya que cada persona reacciona de forma diferente ante un mismo tratamiento. El médico responde si no utiliza todos los medios posibles y si no actúa con la debida diligencia profesional', explican fuentes de Adepa. Este principio tiene una excepción: las medicinas que, como la cirugía estética o las operaciones de cambio de sexo, no son curativas, sino que persiguen resultados concretos.

Una vez decidido a acudir a los tribunales deberá optar por qué vía judicial utiliza: penal, civil, social o contencioso administrativa. Pese a que deberá ser su abogado el que evalúe cual de ellas conviene a su caso, muchos especialistas aconsejan la vía penal, más rápida y barata, en casos de muerte o lesiones graves. La civil (donde en este tipo de cuestiones se ganan más casos) es la más adecuada cuando lo que se pretende es sólo una indemnización económica.

Las quejas sanitarias en España

HospitalesPese a que no hay datos globales sobre las reclamaciones, la memoria de 2003 de la Asociación de Defensa del Paciente dibuja este retrato de las quejas sanitarias en España:Madrid (3.994 casos), seguido de Andalucía (979), Castilla y León (933) y Cataluña (924) son las comunidades con más reclamaciones.El Gregorio Marañón en Madrid es el hospital más denunciado de España.Corporación Dermoestética es la clínica privada que más denuncias recibe.AseguradorasFremap, Asisa, Asepeyo, Sanitas y Adeslas son, por este orden, las compañías aseguradoras que acumulan mayor número de reclamaciones.PatologíasTraumatología, ginecología y obstetricia, cirugía general, urgencias y oncología son los campos en los que surgen más denuncias.Las denuncias por operaciones oculares con láser (técnica lásik) son cada vez más numerosas.Más de un 15% de los errores de diagnóstico durante 2003 correspondieron a cáncer de mama.Las especialidades médicas que menos reclamaciones suscitan son la otorrinolaringología, la pediatría y la urología.

Cómo reclamar ante la sanidad pública

Si usted sospecha que ha sido víctima de una negligencia médica en un hospital público y quiere acudir a los tribunales es importante que previamente solicite la opinión de un perito médico que le asesore sobre si esa actuación puede considerarse negligente. Una vez realizado este trámite, los especialistas recomiendan acudir a la vía contenciosa administrativa para solicitar que se declare la responsabilidad de la Administración, ya que este tipo de casos por vía penal suelen terminar con el archivo de actuaciones. La reclamación por vía contenciosa administrativa es especialmente importante a la hora de obtener una indemnización, ya que la Administración tendrá que hacerse cargo del pago de esa compensación. En ese sentido, los servicios sanitarios autonómicos cuentan con seguros de responsabilidad civil para afrontar los daños causados por los facultativos.La Asociación de Defensa del Paciente recuerda que firmar el consentimiento informado no es un mero trámite y que el paciente debe leerlo detenidamente y asegurarse de que comprende su significado. También es importante guardar toda la documentación sobre el tratamiento y diagnóstico del médico. Cuanto más datos reúna, más posibilidades de éxito tendrá.

Cuando el problema surge en la privada

Cuando surge un problema en un centro o clínica privada es frecuente que el paciente cuente con un seguro sanitario. Así, si la queja tiene que ver con el médico o el hospital hay que dirigirse tanto al propio centro como al seguro. En caso de que el problema surja con la aseguradora es conveniente acudir al servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros. Como en el caso de la sanidad pública, si hablamos de negligencias profesionales y decidimos acudir a los tribunales es importante asesorarse para no entablar un procedimiento inútil y con escasas posibilidades de prosperar. Si optamos por la vía civil, los expertos aconsejan denunciar no sólo al facultativo, sino también a la clínica o al seguro, de forma que si el médico se declara insolvente podamos obtener una compensación económica.Pese a que la vía penal es más lenta y con menos posibilidades de éxito es la mejor opción si se han producido muertes, daños o lesiones graves, ya que posibilita que el médico pueda ser condenado a pena de cárcel e inhabilitación si se demuestra su culpabilidad.Además, no limita la posibilidad de acudir posteriormente a la vía civil y plantear una demanda por daños y perjuicios.

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