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Normativas

La CNMV exige a las gestoras extranjeras un representante en España

La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha modificado los procedimientos para la actuación en España de gestoras extranjeras. 'La modificación más destacada es la centralización de obligaciones', según Marianne Lyte, del despacho Cuatrecasas. De este modo, a partir de ahora será necesario contar en España con una distribuidora responsable de actualizar el reglamento, folleto o memoria del fondo de inversión. Antes, la información podía remitirse directamente desde Luxemburgo o Irlanda Aquellas entidades que no tienen un distribuidor en España que forme parte de su grupo se ven obligadas a asignar a un comercializador que se responsabilice de la documentación del fondo ante la CNMV.

La modificación afectará a grandes gestoras como Aberdeen, Janus, MFS, Nomura, Oyster o Vontobel, hasta un total de 44 entidades que no tienen representante en España y que, presumiblemente, tendrán que encargar esta carga administrativa a los distribuidores de sus fondos.

Paralelamente, se obliga a las instituciones extranjeras a enviar gratuitamente a los partícipes o accionistas que hayan adquirido participaciones o que tengan previsto tomarla un ejemplar de la memoria, las modalidades de comercialización, folleto en castellano, estatutos o reglamento y el último informe anual y económico.

Liberalización

La circular sobre gestoras extranjeras ha sido publicada esta semana en el BOE y, si bien es más estricta a la hora de exigir un interlocutor, en otros aspectos es liberalizadora. Así, sustituye la obligación de envío a la CNMV de los informes públicos de contenido económico que se elaboren con posterioridad a su inscripción en la CNMV, por la puesta a disposición de los mismos en la sede social de la entidad comercializadora

También se simplifican las obligaciones de información estadística a la CNMV de las entidades comercializadoras, al sustituir la obligación de informar a nivel de cada compartimiento por la de hacerlo conjuntamente para todos los compartimentos comercializados por una misma entidad y remitir la información por ventas institucionales.

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