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Automóvil

Mayor sanción por conducir sin seguro

Si la nueva normativa de Tráfico ampliaba ya las sanciones por circular sin póliza -además de incluir la polémica retirada del carné por faltas graves-, el Gobierno ha aprovechado la última ley del año, la de Acompañamiento de los Presupuestos, para acotarlo aún más. La norma, publicada en el BOE el 31 de diciembre, impone un castigo adicional a la actual multa de 601 a 3.005 euros que consiste en inmovilizar el vehículo del infractor durante un mes. Si reincide serán tres meses y si lo saca del depósito, se amplía a un año.

Además, el propietario del coche deberá demostrar que ya ha contratado un seguro cuando acuda a recuperarlo. Y no sólo eso. Tendrá que pagar los gastos que origine el depósito del vehículo.

Un 8% sin póliza

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Aunque las aseguradoras no dan datos oficiales de los coches que circulan sin seguro manejan las últimas estimaciones de Tráfico (de 2002) que cifran entre un 7% y un 8% los que no están asegurados. Las compañías celebran la medida y creen que viene motivada por el intento de atajar la creciente siniestralidad.

Pero la Ley de Acompañamiento también incluye cambios contables para las aseguradoras. Amplía los supuestos en los que las compañías deberán presentar cuentas consolidadas de su grupo de sociedades. Hasta ahora, la exigencia sólo era para las entidades que tenían una posición dominante en el accionariado del grupo pero a partir de 2005 se extenderá a aquellas que presenten una posición de control a partir, por ejemplo, de elementos como la presencia en el consejo o el papel en la gestión del grupo. Además, faculta a la Dirección General de Seguros a que obligue a auditar de nuevo las cuentas del ejercicio cuando no coincidan con las del grupo de sociedades.

La Ley de Acompañamiento, caracterizada por agrupar medidas de calado dispar, incorpora otras normas contables que afectarán a las aseguradoras como avance de lo que será la adaptación a la normativa internacional.

Abre, asimismo, la vía para que las futuras pensiones privadas de los funcionarios puedan instrumentarse con un plan de pensiones, pero también con un seguro colectivo.

Alegaciones al futuro real decreto

Economía quiere aprobar de urgencia, antes de que termine la legislatura, el real decreto que modifica una norma básica de los seguros (el reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados de 1998) y que lleva tramitándose más de un año. Acaba de enviar al Consejo de Estado el texto final al que las aseguradoras van a presentar algunas alegaciones técnicas, según fuentes del sector. La última redacción incluye algunos cambios que, a juicio de las compañías, les exigirán un mayor esfuerzo. Por ejemplo, los beneficios futuros de las pólizas ya no podrán computar como elemento del margen de solvencia, así como la restricción en la contabilización de plusvalías en este aspecto y, en otro orden, del fondo de comercio (diferencia entre el valor contable y el de mercado). En cualquier caso, las entidades tendrá un periodo transitorios hasta 2006 para adecuarse a las nuevos requisitos de fondos propios.Los corredores de seguros estarán también muy afectados por la normativa que les impondrá nuevas exigencias de información contable equiparables a las de las aseguradoras.

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