El Supremo desestima tres peticiones de suspensión de la nueva norma del yogur
El Tribunal Supremo ha desestimado tres de los seis recursos presentados que solicitaban la suspensión cautelar del real decreto 179/2003, que regula la norma de calidad del yogur e incluye la denominación de yogur pasteurizado después de la fermentación. Así lo anunció ayer el Grupo Leche Pascual, que considera que esta decisión 'confirma la vigencia de la norma. Los recursos desestimados habían sido presentados por la Sociedad Española de Nutrición Comunitaria, la Confederación de Consumidores y Usuarios y la Federación de Asociaciones de Vecinos de Madrid.
Por su parte, otro de los denunciantes, la Asociación Española de Fabricantes de Yogur, señaló que todavía no hay fallo en relación a otros recursos. El Supremo asegura que 'existe una apariencia de legalidad y buen derecho en la norma'.
La legislación española aprobó la denominación de yogur pasterizado en junio de 2002 y se refrendó en febrero de este año.