La Audiencia Nacional falla a favor de McLane y Altadis señala que recurrirá
La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso interpuesto por Altadis y Logista contra la resolución ante el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) en su contencioso con la empresa de servicios de distribución McLane, que reclama a la tabaquera el suministro de sus marcas para la distribución a estancos, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press.
Dicha sentencia de la sección sexta de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional argumenta que "resulta claro el carácter abusivo de Altadis" por dificultar la presencia en España de un competidor en el mercado de la distribución.
Estima que "una empresa dominante del mercado primario de la fabricación de tabaco que se niega a suministrar mercancías o servicios en un mercado secundario como el de distribución mayorista, con la finalidad de reservárselo, explota su posición dominante de manera abusiva".
Por esta razón ratifica la resolución del TDC del pasado 24 de abril, en la que insta a Altadis a suministrar sus marcas de tabaco a McLane en condiciones no discriminatorias respecto a su filial Logista y fija una multa sancionadora de tres millones de euros por conducta abusiva de posición dominante.
Disposición al diálogo
Al conocer el fallo, fuentes de McLane expresaron a su satisfacción, al tiempo que recalcaron su disposición a retomar las conversaciones con Altadis para alcanzar un acuerdo para la distribución logística de sus marcas de tabaco a estancos.
"Una vez más los tribunales nos han dado la razón. En este caso, la Audiencia Nacional se ha pronunciado sobre el problema de fondo y su sentencia obliga claramente a Altadis a servirnos sus marcas", afirmaron las mismas fuentes.
Por su parte, fuentes de la tabaquera franco-española afirmaron que recurrirán la sentencia de la Audiencia Nacional ante el Tribunal Supremo y mantuvieron que Altadis no ejerce posición de dominio en estos momentos.
También argumentaron que no existe precedente en España o la UE de imponer un proveedor de servicios logísticos a una compañía, "lo que podría llevar a situaciones anticompetitivas". Para Altadis, "esta imposición de contratación de servicios no tiene base legal" y no favorece a los consumidores.
La compañía que copreside Pablo Isla considera que el fallo no ha contestado a la cuestión de cuál es el mercado relevante de tabaco en España y no analiza la situación de dominio en estos momentos, sino que se basa exclusivamente en la negativa de la tabaquera de suministrar sus productos a McLane en 1996.
De otro lado, McLane destacó la unanimidad de los magistrados en el fallo contra Altadis, mientras que la tabaquera subrayó la existencia de un voto particular que considera que la sentencia incurre en "incongruencia omisiva".
Este contencioso proviene de la denuncia presentada contra Tabacalera (hoy Altadis) por McLane ante el Servicio de Defensa de la Competencia por la negativa de la tabaquera a suministrar la distribución de parte de sus productos.