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Cajas

La Generalitat controlará la obra social de las cajas catalanas

El Gobierno catalán aprobó ayer en la última reunión del consejo ejecutivo de esta legislatura el decreto mediante el que se adapta la Ley de Cajas Catalana a la Ley estatal de Reforma del Sistema Financiero y a la Ley del Mercado de Valores y las Sociedades Anónimas, también conocida como Ley de Transparencia.

La principal novedad de esta normativa es la creación de una comisión mixta entre representantes de la Federación Catalana de Cajas y la Generalitat para 'planificar las actuaciones en materia de obra social'. Esta comisión estará controlada por el ejecutivo catalán, ya que contará con cinco miembros designados por la Federación de Cajas, cinco miembros nombrados por el Gobierno autonómico y por el propio consejero de Economía, que además será el presidente de este nuevo organismo. El texto también incluye un apartado por el que el consejero de economía podrá requerir toda la información necesaria sobre sus fundaciones dependientes, que en muchos casos son las encargadas de gestionar la obra social.

Comisión de inversiones

Otro de los puntos que aborda el nuevo reglamento es la creación de las comisiones de inversiones y retribuciones. El texto establece en tres el número de miembros de la comisión de inversiones. De estos tres, uno será el presidente de la entidad y los otros dos serán designados respetando lo que establezcan los estatutos de cada caja. Sin embargo, a la salida de la reunión del consejo, el consejero de Economía Francesc Homs, especificó que 'han de ser designado entre los miembros que forman el propio consejo'.

Además, el reglamento especifica que los dictámenes de la comisión de inversiones debe producirse puntualmente sobre 'cualquier inversión o desinversión cuando la participación en cuestión implique franquear un límite equivalente al 3% de los recursos propios computables de la entidad'.

Las mutuas catalanas podrán emitir obligaciones subordinadas

El consejo ejecutivo del Gobierno catalán aprobó ayer el reglamento que permitirá a las mutuas emitir obligaciones subordinadas, tal y como hacen las compañías de seguros. Este tipo de deuda preferente tiene como objetivo ofrecer un mecanismo para reforzar financieramente a las entidades. El obligacionista tendrá el derecho a cobrar un interés determinado a cuenta del excedente de la mutua. Las emisiones necesitan autorización previa del Gobierno catalán.

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