Caixa Catalunya, la primera caja condenada a devolver lo que redondeó al alza
El titular del Juzgado de Primera Instancia número 21 de Barcelona, José Manuel Regadera, ha declarado "nula" la claúsula de redondeo que aplicaba Caixa Catalunya en sus hipotecas a tipo variable. El juez condena a la entidad a devolver las cantidades cobradas de más a los clientes.
La entidad ha recurrido la sentencia relativa a la demanda de Aubanc Consumo ante la Audiencia Provincial de Barcelona y "de momento no se aplica", según informó una portavoz de la caja.
Las cláusulas automáticas de redondeo, que suponen que el cliente pague la fracción o unidad superior si se supera en décimas el tipo de interés fijado, han quedado prohibidas desde la promulgación de la nueva Ley Financiera en noviembre de 2002 para las nuevas hipotecas. Caixa Catalunya aplica esta normativa para los nuevos contratos, pero la sentencia se refiere a fechas anteriores.
Si finalmente se ve obligada a cumplir la sentencia, dejará de ingresar anualmente 12 millones, independiente de las cantidades atrasadas que se vea obligada a devolver, según el abogado de Ausbanc Sebati Rodés. El saldo vivo de créditos hipotecarios de la caja es de unos 11.000 millones, añaden antes de advertir de que "prepara" más causas contra cajas catalanas.
La sentencia es la primera que se produce contra una caja catalana, tras ocho anteriores emitidas en conflictos similares planteados por Ausbanc contra Caja de Madrid, Banca March, BBVA, Banesto y Deutsche Bank. Todas los fallos fueron en primera instancia y Caja de Madrid y Banca March han presentado recurso ante las Audiencias de Madrid y las Islas Baleares. El órgano judicial que deberá resolver en última instancia, si continua el litigio, será el Tribunal Supremo.