Los expertos en derecho mercantil tachan a la Ley Concursal de inexacta y farragosa
Hubo unanimidad a la hora de aplaudir la llegada de una nueva Ley Concursal que sustituirá la legislación en materia de quiebras y suspensiones basada en el Código de Comercio de 1885 y en la Ley de Suspensión de Pagos de 1922. Pero también parece existir consenso para destacar los muchos defectos con los que va a nacer la nueva regulación que, ya aprobada, entrará en vigor el 1 de septiembre del próximo año.
Excesivas reiteraciones, dificultad en la lectura, existencia de principios contradictorios y utilización de técnicas legislativas defectuosas. æpermil;stos fueron algunos de los calificativos que catedráticos de derecho mercantil dedicaron ayer a la Ley Concursal durante la celebración de un seminario sobre la nueva norma, organizado por la Asnef (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito).
El catedrático de derecho mercantil de la Universidad San Pablo CEU, Emilio Beltrán Sánchez, aseguró que la ley descuida algunos aspectos, 'como cuando habla de la derogación de normas que ya lo están o no se derogan otras, como determinados aspectos del Código Civil'. Además, Beltrán señaló que los procedimientos concursales van a seguir siendo largos y costosos a pesar de la nueva ley.
También el catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid Ángel Rojo Fernández-Río criticó ayer algunos 'graves defectos de la ley, en especial, en relación con la declaración judicial del concurso'. Mientras, el secretario de Estado de Justicia, Rafael Catalá, que fue el encargado de inaugurar las jornadas, alabó la ley, que 'pretende garantizar la continuidad de la empresa y del empleo'.
l La ley se aprobó en julio, pero no entrará en vigor hasta el 1 de septiembre del próximo año.
l La norma establece un procedimiento único denominado concurso.
l El objetivo de la nueva regulación es garantizar la continuidad de la empresa.