Hacienda autoriza a bancos y cajas a cobrar las deudas por importaciones
A partir del 1 de enero próximo, los importadores podrán abonar las deudas aduaneras y de comercio exterior (derechos aduaneros, IVA o impuestos especiales) en las oficinas de los bancos y cajas de ahorro instaladas en España, sin necesidad de acudir a la caja instalada en la aduana como ahora.
æpermil;ste es el resultado, en la práctica, del real decreto del Ministerio de Hacienda, aprobado el viernes por el Consejo de Ministros, que modifica parcialmente el Reglamento General de Recaudación para equiparar las deudas aduaneras y de comercio exterior en las mismas condiciones que otros tributos que se pueden pagar a través de las más de 200 entidades financieras colaboradoras de la Agencia Tributaria, que disponen de una red de más de 36.000 sucursales repartidas por todo el territorio español.
También podrán los importadores abonar estos tributos por Internet a través de todas las entidades con las que la Agencia Tributaria tiene convenio para el pago telemático, a diferencia de como ocurre en la actualidad, que las deudas aduaneras y de comercio exterior sólo se pueden abonar por Internet a través de la entidad que había obtenido por concurso el servicio de caja en la aduana.
Responsables del Ministerio de Hacienda estiman que esta reforma va a beneficiar a 130.000 importadores que realizan anualmente más de 1.730.000 operaciones de importación con países terceros. El importe anual de pagos por deudas arancelarias y comercio exterior se sitúa entre 6.500 y 7.000 millones de euros.
La medida supone un ahorro de tiempo y desplazamiento para los importadores, aunque los responsables de Hacienda destacan que el procedimiento actual 'no ralentiza el despacho aduanero de las mercancías, que se hace en poco más de una hora, ya que para el pago hay un plazo de 30 días'.