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Ordenanzas

Las ordenanzas municipales no pueden limitar la instalación de antenas móviles

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) considera 'discutible' el hecho de que una ordenanza municipal pueda limitar la instalación de antenas de telefonía móvil y aboga por otro sistema, 'un instrumento de planeamiento, integrado por documentos más complejos y aprobado en el seno de un procedimiento distinto'.

El tribunal catalán entiende que las ordenanzas municipales no contienen una verdadera regulación de la disposición geográfica de la red y los lugares concretos donde permitir la ubicación de antenas u otras instalaciones. En este sentido, recuerda que la normativa municipal sólo se 'remite a futuras y posibles propuestas privadas', lo que supone que no se dispone 'de previos criterios generales plasmados en norma alguna'.

En dos sentencias impulsadas por Telefónica contra las ordenanzas de dos municipios barceloneses, el tribunal califica de 'incorrecta' la exigencia por parte de los consistorios de 'un previo plan de implantación' de antenas a las compañías de telefonía móvil.

Además, recuerda que 'no es el ayuntamiento el que determina el desarrollo de la red en su territorio', sino que 'cada operador tiene que hacer su propio e individualizado plan, personalizado y no coordinado con el de otros operadores'.

Telefónica

La compañía Telefónica impugnó las ordenanzas municipales de los Ayuntamientos de Gavà y de Masnou (Barcelona) relativas a la instalación de antenas telefónicas ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC. En ambos procesos, la compañía alegó la imposibilidad de presentar un plan de instalación de antenas móviles, exigidas por la normativa municipal, por la imposibilidad de 'conocerse a priori las necesidades futuras del servicio de telefonía móvil, ni cuál será su demanda, ni en qué zonas'.

Asimismo, el Tribunal de Cataluña señaló que 'los constantes avances de la técnica' harían que 'el programa quedase superado en poco tiempo'.

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