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Empleo

Un fallo estima que impedir la entrada a la oficina equivale a un despido

El pasado 17 de febrero, Alfonso L. P. se dirigió a su lugar de trabajo, a las 9.30 de la mañana, como hacía todos los días desde hacía casi un año y medio. Pero el vigilante jurado que efectuaba el control de la puerta le comunicó que tenía prohibida la entrada en el edificio. Para el juzgado encargado de dirimir esta situación 'dicha conducta es configuradora de un despido y ... no merece otra calificación que de improcedente'.

Pero un problema añadido a esta peculiar forma de despedir es que según la empresa, Alfonso L. P., defendido por los abogados del despacho Alza, no trabaja en la misma aunque ostentara en ella la categoría de director. Para empresa, la relación que tenía con Alfonso era de carácter mercantil, ya que años antes, en concreto en marzo de 1999 habían formalizado un contrato de franquicia.

Según se expone en la sentencia, el trabajador había firmado dicho contrato para explotar en régimen de franquicia un determinado negocio. Para ello constituyó una sociedad con su mujer. Pero un año más, vendieron esta sociedad y, por tanto, dejaron de explotar el negocio.

Probar la relación laboral

Unos meses después, la empresa demandada y anterior franquiciadora le propone explotar un negocio en una localidad diferente, para lo cual antes le da un puesto de director en unos de sus centros. La jornada laboral de Alfonso es flexible, debiendo acudir durante dos o tres días a la semana para realizar controles administrativos consistentes en asesorar a otros empleados, con los que mantenía contacto telefónico a diario.

Según la sentencia, los servicios prestados como director son laborales. Según la sentencia, del pasado día 17 de junio, existe 'una auténtica relación laboral, ... cumpliendo un horario y dentro del ámbito de organización de la demandada'. La clave de una relación laboral está en 'que el trabajador se halle en el círculo organicista rector y disciplinario del empleador'. Para el juez 'se ha utilizado abusivamente la figura del contrato de franquicia'. La sentencia se puede recurrir ante el Tribunal Superior.

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