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Tribunales

La Audiencia Nacional confirma la imputación de Ybarra y 3 ex consejeros en el 'caso BBV'

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la imputación de Emilio Ybarra, ex presidente del BBV, y otros tres ex altos cargos del banco en el caso de los fondos que la entidad constituyó en Alico, con el fin de compensar a sus consejeros con dinero extracontable procedente supuestamente de las cuentas secretas que la entidad tenía en el paraíso fiscal de Jersey.

En un auto hecho público hoy, los magistrados señalan que Ybarra estuvo autorizado por el Consejo de Administración del BBV para concertar planes de pensiones. "El hecho de que el señor Ybarra no hubiera participado en la creación de esos fondos, es indiferente, pues el hecho cierto es que sabía de su situación y existencia extracontable, y lejos de regularizar esta situación, ordenó que se dispusiera aparte de esos fondos manteniendose para el resto, la misma situación irregular", añaden los magistrados.

Con estos argumentos confirma el auto por el que el juez Baltasar Garzón decidió dar por concluida la investigación del caso, manteniendo la imputación de sólo cinco de los 25 imputados, Emilio Ybarra y cuatro ex altos cargos del banco: Juan Urrutia Elejalde, Jose María Concejo Alvarez, Luis Bastida Ibargüen y Rodolfo Molinuevo. Los magistrados confirmaron también hoy la imputación de Juan Urrutia Elejalde, Luis Bastida Ibargüen y Rodolfo Molinuevo, quienes también había recurrido el citado auto, al igual que José María Concejo, ex secretario del BBV.

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El abogado de Urrutia alegó que los hechos atribuidos a su cliente son "esencialmente idénticos" al resto de los consejeros a los que se les decretó el sobreseimiento. "El propio recurrente reconoce que hay elementos diferenciadores en la conducta del señor Urrutia y en la de los 19 consejeros aludidos, cual es la de haber dispuesto de una cantidad de dinero que envió a Suiza, no desvelando el destino de ese dinero, dinero que devolvió al tiempo de los otros imputados", añade la Sección Primera de la Sala de lo Penal.

Para los magistrados, "esta diferencia en la conducta del señor Urrutia pudiera tener su trascendencia respecto a los otros miembros, trascendencia que dentro del ámbito de responsabilidad penal que se le imputa, deberá ventilarse en el acto del juicio oral".

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