España es uno de los países donde resulta más rápido y barato crear una empresa
No es ningún secreto para nadie que una cosa son los plazos legales y otra cosa la realidad; que una cosa son las estadísticas administrativas y otra muy distinta el día a día del ciudadano ante las ventanillas. Pese a ello, hasta ahora las investigaciones comparativas que se han realizado en la Unión Europea sobre el coste y los plazos de creación de empresas en los distintos Estados miembros se habían basado en esas dos fuentes: la legislación de los Estados respectivos y los datos aportados por los propios Gobiernos.
El primer análisis empírico que se ha llevado a cabo en este ámbito, realizado por Landwell (rama jurídica de PricewaterhouseCoopers) y encargado por el organismo que agrupa a todos los registradores de la UE, arroja resultados bastante diferentes a los obtenidos hasta el momento. España se sitúa como uno de los países en los cuales resulta más rápido y barato crear una empresa, ya se trate de una sociedad anónima o limitada, pese a no haberse incluido en el estudio la sociedad nueva empresa que presumiblemente reducirá todavía más los trámites de constitución. Como dato para ejemplificar la ventaja española en este ámbito, Miguel Trías, socio de Landwell y catedrático de Derecho Mercantil, explicó ayer en el Colegio de Registradores que, de acuerdo a los resultados de la investigación, las empresas en España pueden comenzar a operar a los 15 días de su creación, mientras que el promedio en Europa asciende a 4,8 semanas y en países como Alemania, Portugal, Reino Unido y Suecia oscila entre cuatro y seis semanas.
En cuanto a los costes mínimos necesarios, que incluyen registros, notarios e impuestos directos, la media europea se sitúa en 1.700 euros, frente a países como España, Dinamarca, Francia, Reino Unido y Suecia, que no superan los 400, y otros, como Italia, con 7.000, y los Países Bajos, con 3.300, que están en el extremo alto de la tabla. Otro de los aspectos que se han analizado es el coste cuando se incluyen honorarios de asesores fiscales y jurídicos, que en nuestro país se sitúa en 1.500 euros frente a los 5.120 de la media europea.
Pese a la situación favorable de España, el director del Servicio de Coordinación de Registros Mercantiles del Colegio de Registradores, Luis Fernández del Pozo, señaló que hay dos factores que encarecen el proceso y que, en su opinión, podrían modificarse o suprimirse: el impuesto de transmisiones patrimoniales (que grava el 1% del capital social de la empresa) y la publicación obligatoria en el Boletín del Registro Mercantil.