300.000 vertidos a los ríos quedan impunes
Una nueva sentencia contra Inquinosa y una demanda contra la Generalitat de Cataluña en el Tribunal de Luxemburgo indican la voluntad de que se castigue la contaminación de los ríos
En España todos los años se producen 300.000 vertidos que contaminan los ríos y sus acuíferos, según afirma el Libro Blanco del Agua. Una quinta parte de éstos se consideran vertidos directos. Se sabe que el 83% de los vertidos directos no proceden de las poblaciones y que unos 10.000 son directamente atribuibles a la industria. Cataluña, Murcia, Andalucía y el País Vasco son las comunidades autónomas que concentran la mayoría de los puntos negros por la mala calidad de sus aguas.
A tenor de estos datos, parece evidente que la Administración clausura pocas empresas por contaminar los ríos. Pero las iniciativas judiciales en el castigo de los delitos ecológicos empiezan a prosperar. La semana pasada se produjeron dos hitos de gran interés.
El primero de ellos cerraba el caso de la demanda civil que interpuso en 1996 el Gobierno de Aragón contra Industrias Químicas del Norte (Inquinosa), que le condena a pagar 6,5 millones de euros por los gastos de reparación de los daños que causó la filtración de una sustancia pesticida llamada lindano al cauce del Gállego, importante afluente del Ebro. La empresa de Sabiñánigo (Huesca) había dejado de recoger sus lixiviados desde junio de 1991, lo que dio lugar a un grave delito ecológico que sólo logró superar la rotura de la balsa minera de Boliden en Aznalcóllar (Sevilla), en abril de 1998, que envenenó el Guadiamar y amenazó las marismas de Doñana.
El jueves, el Tribunal de Justicia europeo admitió a trámite una demanda que presentó la asociación Grupo de Defensa del Ter en julio de 2000 contra la Generalitat de Cataluña por la elevada concentración de nitratos en el acuífero de la cuenca baja de este río, en Girona, debido a los vertidos de las granjas de cría de porcino.
En cualquier caso, sólo se conocen dos sentencias penales en España contra los directivos responsables de delitos ecológicos. Inquinosa protagonizó el primero, cuando el 31 de mayo de 1995, la Audiencia Provincial de Huesca condenó a su director general, Jesús Herboso, a seis meses de prisión menor y a pagar una multa de 30.051 euros. Sin embargo, más eco tuvo la condena de cuatro años de prisión y multa de 57.096 euros dictada seis días después por la Audiencia de Barcelona contra el empresario textil Josep Puigneró.
Los cargos públicos tampoco están exentos de atender los requerimientos de la justicia, como ocurre en el caso abierto contra los de la Confederación Hidrográfica del Segura. Los vertidos agrícolas de las huertas murcianas, junto con los trasvases de agua del río Tajo, han dañado irremisiblemente la vida en este río. El escaso tratamiento de las aguas residuales urbanas de Murcia y Molina de Segura motivó a la Comisión Europea a expedientar a España por contaminar el Segura en abril de 2001.
No obstante, el procedimiento penal para perseguir los delitos ecológicos avanza muy lentamente. La CE acaba de solicitar al Tribunal de Justicia europeo que anule una decisión del Consejo de Ministros de 27 de enero pasado que se limita a invitar a los Gobiernos de los países miembros a incluir los delitos medioambientales en su ordenamiento jurídico.