Algunas sanciones de la Ley Tributaria chocan con la Constitución
'Lo mejor es enemigo de lo bueno'. Con esta frase, el profesor Ferreiro, como presidente de la Comisión para el estudio del anteproyecto de Ley General Tributaria y no como defensor del contribuyente, hace referencia a lo que se ha quedado en el tintero a la hora de redactar esta futura norma.
Uno de los aspectos que le gustaría que salieran adelante es la supresión de sanciones para lo que será una nueva figura, el abuso de norma tributaria. Estas sanciones pueden ser, en opinión de muchos miembros de la Comisión, inconstitucionales, señala Ferreiro.
El abuso de norma va a sustituir al actual fraude de ley. En síntesis, este fraude consiste en realizar una operación amparándose en una norma con buen trato fiscal, pero que está prevista para otra operación diferente a la realizada. Por ejemplo, realizar una donación en lugar de una compraventa (en el caso de que la donación tuviera mejor trato fiscal que la venta). Esta figura es compleja y se confunde con situaciones como la simulación.
Para Ferreiro, y según muchos otros miembros de la Comisión, cuando se realiza un negocio que permite ahorrar impuestos, pero que es lícito, no puede haber sanciones. En ciertos casos, la Administración, a través del abuso, viene a decir que aunque la operación sea lícita, es inusual e inapropiada y tiene como fin el pagar menos impuestos. Para Ferreiro 'lo lícito no puede ser ilícito' y esa situación no puede sancionarse.
Lo lógico, y como así ocurre en otros países, es aplicar el impuesto que corresponda a la operación que se demuestre que efectivamente se ha realizado, pero sin sanciones, porque, aclara Ferreiro, 'va contra el principio de tipicidad'. Según el borrador de ley ayer presentado, además de sancionar el abuso de norma se prevé que pueda acogerse a las actas con acuerdo. Es decir, finalmente, este tipo de fraude, para algunos el más cualificado, podrá terminar pactándose con los órganos de inspección que lo hayan detectado y disfrutar así de una reducción del 50% de la sanción.