La nueva ley tributaria amplía a un mes el plazo para presentar recursos
El Consejo de Ministros aprobó ayer la remisión al Consejo Económico y Social (CES) del anteproyecto sobre la reforma de la Ley General Tributaria. La decisión se adoptó tras escuchar el informe que sobre dicho texto presentó el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
La que será nueva Ley General Tributaria prevé ampliar hasta un mes el plazo para presentar recursos contra las decisiones de Hacienda. En la actualidad, esta norma contempla un plazo general de 15 días. Tras el periodo de información pública, la norma volverá al Consejo de Ministros, donde se aprobará para iniciar su tramitación parlamentaria. El objetivo es que la nueva ley entre en vigor el 1 de enero de 2004.
En rueda de prensa, el vicepresidente primero, Mariano Rajoy, destacó ayer que esta ley reducirá un 25% las sanciones siempre que se paguen en periodo voluntario. Así, el Gobierno ha elevado en cinco puntos la reducción que preveía el borrador que se sometió al examen de los expertos presididos por el defensor del contribuyente, José Juan Ferreiro Lapatza.
Asimismo se pretende reforzar los derechos y las garantías de los contribuyentes. Según la referencia oficial, el nuevo texto agilizará la resolución de las reclamaciones, las sanciones se reducirán el 25% siempre que se paguen en periodo voluntario y las actas de la inspección que se firmen con acuerdo permitirán reducir hasta un 50% el importe de una sanción. Asimismo, la ley prevé que todas las respuestas que Tributos dé a las consultas de los contribuyentes sean vinculantes, es decir, obliguen a toda la Administración a actuar conforme al criterio manifestado en la respuesta.
Impuesto de sociedades
Además, el consejo de ministro aprobó el real decreto que modifica el reglamento del Impuesto sobre Sociedades. La principal novedad es la nueva obligación que tendrán todas las entidades financieras, bancos y cajas, de informar a Hacienda sobre todas las cuentas que sus clientes tengan abiertas. Y ello con independencia de que exista o no retribución, retención o ingreso a cuenta alguno.
El nuevo reglamento también recoge los nuevos porcentajes de retención y modifica varios artículos del actual reglamento para aumentar los niveles de información que en la actualidad deben dar las empresas. Entre las actividades afectadas por las nuevas exigencias de información está la adquisición de valores extranjeros, el régimen especial de fusiones y escisiones y la consolidación fiscal.