Alcampo es condenada a indemnizar a una trabajadora por razones de género
La cadena de distribución Alcampo ha sido la primera empresa condenada a indemnizar a una empleada por vulnerar su derecho a la igualdad por razones de género al denegar una solicitud de reducción de jornada por guarda legal de su hija, según una sentencia del Juzgado de lo Social número 30 de Madrid. La indemnización que la empresa debe pagar a la trabajadora es de 1945 euros.
El fallo del magistrado José Angel Folguera Crespo señala que la compañía incurrió en la vulneración del derecho de la trabajadora, al entorpecer el ejercicio de su derecho a reducir la jornada por guarda legal de la menor de seis años, pero descarta actitud dolosa, ya que "no se ha acreditado la existencia de conducta tendente a perjudicar a la autora por su maternidad".
Tras una primera sentencia ante el Juzgado de lo Social número 34 de Madrid, que condenó a Alcampo a reconocer el derecho de la empleada Rosa María Vailló a reducir su jornada, ésta reclamó daños y perjuicios a la cadena de distribución al verse privada de atender a su hija durante el tiempo transcurrido entre la presentación de la demanda y dicha sentencia.
En el momento del primer fallo, la demandante trabajaba en el centro de Alcampo en Vallecas y desde el inicio de la relación laboral prestó servicios a jornada completa a régimen de turnos de mañana y tarde, de lunes a sábado. Vaillo solicitó la reducción de jornada de 10.00 a 14.20 horas en febrero del 2002, propuesta denegada por la empresa, que alegó que la reducción de jornada no podía suponer también cambio de turnos, si bien promovió acto de conciliación con posterioridad y dio conocimiento al juzgado de lo Social número 34 de Madrid, que dictó sentencia.