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Tribunales

González Palacios recurre el fallo que le prohíbe vender manzanilla

La compañía bodeguera González Palacios de Lebrija (Sevilla) ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Supremo que le prohíbe comercializar parte de sus vinos con la marca Manzanilla González Palacios. La empresa se ampara en el voto particular en contra de la sentencia de tres magistrados del Supremo, que consideran que la manzanilla es un tipo de vino genérico.

La sentencia del Tribunal Supremo prohíbe a Bodegas González Palacios comercializar bajo la marca Manzanilla González Palacios por considerar que la manzanilla es un vino amparado en una denominación de origen (la del jerez y la manzanilla de Sanlúcar de Barrameda) y que como tal sólo puede considerarse manzanilla el vino producido y criado en la localidad gaditana de Sanlúcar.

El Supremo se pronuncia así sobre un recurso planteado en 1996 por el Consejo Regulador del Jerez y la Manzanilla contra otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que daba la razón a la empresa.

El trasfondo de la disputa se halla en la ubicación de los viñedos de la bodega de Lebrija. Estos viñedos se sitúan en la provincia de Sevilla, pero en el límite con el término gaditano de Trebujena, que sí está amparado por la Denominación de Origen Manzanilla de Sanlúcar de Barrameda. Numerosas bodegas de manzanilla tienen viñedos en Trebujena y en muchos casos parte de ellos se meten de lleno en el término de Lebrija. En este caso, el Consejo Regulador sí permite su clasificación como manzanilla, según confirma un portavoz del Consejo. 'No podemos decirle a un bodeguero que cría sus vinos en Sanlúcar que elimine una o dos hectáreas de sus viñedos por estar fuera del límite de la denominación de origen', aclara el portavoz.

Félix González, director de la bodega sevillana, se ampara en el voto particular de tres magistrados del Supremo para seguir el camino de los recursos contra la sentencia. Según González, el voto de estos magistrados dice que es correcto defender una denominación de origen, pero que en este caso, según la versión del empresario, la decisión va más allá del libre comercio porque monopoliza la palabra genérica (de tipo de vino) manzanilla. Esto vulnera, según González, la ley del vino, porque las denominaciones de origen sólo pueden amparar conceptos nominados con la misma zona geográfica, caso que se da con el rioja o el jerez, pero que no sucede con la manzanilla.

Igual que el fino

Félix González reclama el mismo trato que reciben los productores y comercializadores del vino fino fuera de Jerez. 'Hay finos en Montilla (Córdoba) y Pilas (Sevilla), ¿por qué no puede haber una manzanilla en Lebrija?', se pregunta. El empresario afirma que el vino que produce la bodega 'es técnicamente una manzanilla, lo que está avalado por catas e informes de especialistas'.

La versión del Consejo Regulador es muy distinta. 'Tras la sentencia del Supremo queremos dar el caso por zanjado', afirma un portavoz. 'La sentencia del tribunal adopta lo que refleja la Unión Europea. La bodega registró la marca pero se la rechazó Bruselas por un recurso del Consejo Regulador'.

Por el momento, la Junta de Andalucía no va a intervenir para retirar el producto del mercado 'mientras siga el asunto en los tribunales', afirma un portavoz de la Consejería de Agricultura. El Consejo Regulador, en cambio, espera que la Junta actúe antes.

Bodegas González Palacios produce 200.000 litros al año, factura 180.000 euros, emplea a 25 familias y genera 24.000 peonadas al año

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