Las ventas a distancia tendrán que incluir garantía y servicio posventa
La última vez que Pablo, un aficionado a los magnetofones antiguos de bovinas, adquirió uno a través de un catálogo de venta a distancia descubrió al mes que había dejado de funcionar. 'La empresa me dijo que no se hacía responsable, que habían enviado el objeto en buen estado y que no ofrecían garantía'. Su caso, como el de muchos otros, debería desaparecer en cuanto entre en vigor la reforma de la Ley de Ordenación del Mercado Minorista, que tramita el Senado. El texto, que adapta la directiva de venta a distancia, impone a las empresas del sector el deber de ofrecer garantía y servicio posventa, que incluirá el suministro de piezas de recambio durante un periodo de cinco años.
El sector de la venta a distancia mueve unos 60 millones de euros al año. Son datos de la Asociación Española de Venta a Distancia, que integra a empresas como Avon, Círculo de Lectores, Club Internacional del Libro, El Corte Inglés o Quelle.
Con la nueva ley estas empresas tendrán que respetar la necesidad de contar con el consentimiento expreso del consumidor. En ese sentido, las consecuencias del envío de pedidos no solicitados pueden ser funestas para el vendedor, ya que el texto faculta al destinatario a quedarse con el objeto sin pagarlo. La única excepción es que la empresa pueda probar que el envío no solicitado se debió a un error.
Las compras deberán ser enviadas en un plazo máximo de 30 días. De no ser así, el consumidor podrá recuperar su dinero en otro plazo máximo de 30 días. Si el vendedor no devuelve la cantidad en ese plazo, deberá abonar el doble al consumidor. æpermil;ste, a su vez, podrá devolver cualquier compra en un plazo máximo de siete días sin aducir motivo alguno y sin penalización. El proyecto declara nula cualquier cláusula en un contrato que imponga lo contrario. También en este caso, si el vendedor no devuelve el dinero en un plazo de 30 días, el texto da derecho al comprador a reclamar el doble. En caso de que el precio haya sido financiado por un crédito del vendedor o de un tercero, el desistimiento implicará al mismo tiempo el desistimiento del crédito, sin tener que abonar penalización.
Una de las grandes novedades es el derecho del consumidor de pedir la inmediata anulación de cualquier pago que no haya realizado. Hasta ahora, la legislación de venta a distancia permitía la anulación excepto si el supuesto comprador había presentado la tarjeta o ésta había sido validada por medios electrónicos. Según Ernesto García Trevijano, socio de Baker & McKenzie, la medida pretende aumentar la protección del consumidor y coordinar la regulación del pago con tarjeta con el derecho a desistir en siete días que tiene el comprador. 'Se trata de proteger al comprador para que pueda desistir y recuperar su dinero sin problemas', explica.
Por su parte, Miguel Linares Polaino, de Cuatrecasas, cree que la nueva regulación del pago con tarjeta puede dar lugar a supuestos injustos 'porque no regula el concepto de responsabilidad'. Según Linares Polaino, el texto no aborda las excepciones en que se haya producido una negligencia o un fraude directo por parte del consumidor y éste sea responsable del cargo de la tarjeta.