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Infracción

El Supremo condena a una aerolínea por cierre empresarial

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha condenado a una compañía aérea al pago de 90.152 euros por cesar su actividad en España sin la correspondiente autorización administrativa.

Según la sentencia (8 de julio de 2002), la infracción se produjo porque la compañía decidió el cierre y desmantelamiento de las instalaciones sin contar con la autoridad laboral y sin la aprobación del expediente de regulación de empleo para la extinción de los contratos de trabajo.

Durante el proceso, la empresa no probó que hubiera abonado los salarios, cotizaciones e indemnizaciones que se debían a los trabajadores y, por lo tanto, añade la resolución, 'no existen elementos de juicio para acreditar la intencionalidad de la empresa sobre el cumplimiento de estas obligaciones'.

Se considera probado también que la empresa cesó sin haber obtenido la autorización correspondiente y que 'no atendió el requerimiento de la Administración encaminado a evitar la desaparición de los elementos patrimoniales de garantía del cumplimiento de las obligaciones laborales de la empresa'.

La Sala de lo Contencioso-administrativo del alto tribunal afirma que la infracción no queda desvirtuada por el hecho de que se solicitara el expediente de regulación de empleo. Y manifiesta que 'esta conducta, cuando menos arguye una gravísima negligencia por parte de la empresa en el cumplimiento de sus obligaciones en el orden laboral y supone un perjuicio grave e inmediato para los trabajadores al hacer desaparecer los elementos patrimoniales necesarios para el desarrollo de la actividad de la empresa, que constituyen una garantía en orden al cumplimiento de sus obligaciones laborales, sin sustituirlos por otros elementos de garantía en el sentido del requerimiento que le fue dirigido'.

Los argumentos de la compañía sobre su intención de afrontar sus obligaciones con los trabajadores no fue probada en el proceso.

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