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Relaciones laborales

Discriminación en el mercado de trabajo

Los operadores jurídicos están acostumbrados a tratar con una serie de motivos clásicos de discriminación, que se correspondían, por lo general, con las causas que provocaban en el mercado de trabajo un trato peor para algunas personas. La práctica de cada sistema de relaciones laborales ponía énfasis en uno u otro rasgo diferenciador y el ordenamiento jurídico le daba relevancia vetándolo como justificación de tratamientos dispares.

En una mayoría de los sistemas jurídicos se condena la discriminación per se, todo tratamiento peyorativo basado en características personales del sujeto; pero en todos hay causas específicamente identificadas, por ser particularmente odiosas o por la frecuencia con la que operan.

En el caso español podemos comprender esto si constatamos el desarrollo de las medidas para la lucha contra la discriminación por razón de sexo, y su contraste con la falta de otras específicas contra la discriminación laboral por razón de raza o de religión, lo que se explica porque hasta hace relativamente poco nuestra población activa era muy homogénea desde ambos puntos de vista. En el Derecho del Trabajo español del siglo XXI esta situación tiene que cambiar. Primero, porque los cambios sociales experimentados están produciendo un dramático incremento en la heterogeneidad del colectivo de trabajadores, con lo que algunos factores, tradicionalmente poco relevantes, están adquiriendo un nuevo peso, generando situaciones de riesgo de discriminación.

Fue la feminización de la población activa lo que motivó el desarrollo de medidas antidiscriminatorias a favor de la mujer; la multiplicación de la población inmigrante, por ejemplo, debe tener iguales consecuencias.

Un segundo factor es la mayor sensibilidad a los derechos fundamentales de los trabajadores por parte del ordenamiento jurídico, que hace que se arbitren medidas para protegerlos ante prácticas empresariales que pueden tener efectos discriminatorios. Quizás el caso más evidente sea el de la discriminación por motivos religiosos, cada vez más frecuente en una población laboral heterogénea. En muchos casos las discriminaciones son sutiles: no es que se niegue el empleo a una persona por su religión; pero sí se le niegan adaptaciones mínimas de las condiciones de trabajo para facilitarle su ejercicio, como acomodarle el uniforme de la empresa o el descanso semanal.

Un tercer factor tiene que ver con la cultura empresarial contemporánea, que adopta como valores determinadas características de los trabajadores, muchas veces superfluas, en perjuicio de quienes carecen de éstas. Así ocurre con la apariencia física, que se prima como rasgo esencial para los trabajadores, se justifique o no, y que provoca auténticas discriminaciones para los que no se adaptan al canon, sea por sus características o por sus opciones personales. Más grave aún resulta, a mi juicio, la discriminación por razón de edad, una realidad en nuestro mercado de trabajo que expulsa de éste a personas de manera prematura e injustificada, en lo que constituye uno de los problemas más serios de nuestras relaciones laborales. La cultura que prima la juventud y la belleza como valores fundamentales está teniendo efectos desastrosos en el mercado de trabajo.

Un cuarto factor tiene que ver, en fin, con los desarrollos tecnológicos que en el siglo XXI permiten una discriminación por motivos genéticos, un peligro cada vez más real. A ello se añade que el empleador tiene a su disposición una gran cantidad de datos sobre el trabajador, que incrementan los riesgos de un trato discriminatorio.

Y todo ello en un contexto en el que los motivos clásicos de discriminación, particularmente el género, siguen presentes. La situación de la mujer en el mercado de trabajo no cambia, se multiplica la discriminación por maternidad, se dificulta la compatibilidad de la vida laboral y familiar. Tenemos una población activa cada vez más heterogénea y un mercado de trabajo cada vez más fragmentado y discriminatorio. Un Estado social como es el nuestro exige intervenciones inmediatas y decididas para acabar con estas nuevas formas de discriminación en el siglo XXI.

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