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Profesionales

El Poder Judicial apoya que los jueces cobren según la productividad

El pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó ayer el informe favorable sobre el anteproyecto de la Ley Reguladora del Régimen Retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal, presentado por la comisión de estudios y que enviará al Gobierno.

El Consejo apoya la nueva norma que establece, según el informe, un 'novedoso y positivo' sistema de retribuciones fijas y variables. Así, los jueces pueden ver incrementadas, entre un 5% y un 10%, o minoradas un 5%, sus retribuciones en función de que en el semestre anterior se supere un 20% o, por el contrario, no se hubiese alcanzado el 80% del objetivo correspondiente a su destino ('siempre por causas no imputables al juez').

En este sentido, el informe considera que el 'componente variable de la retribución, que permite valorar en términos económicos el esfuerzo y especial dedicación realizados, representa un claro incentivo a la mayor entrega y laboriosidad, con la consiguiente agilización de la resolución de los asuntos penales'. Sin embargo, se advierte que habría que desarrollar también el régimen retributivo de los secretarios judiciales para mejorar 'la agilización y control en la tramitación de los procedimientos'.

Añade que debería determinarse en el texto legal, 'o bien las causas que darían lugar, o bien las que evitarían la minoración retributiva en caso de que no se alcanzase el 80% de los objetivos fijados para cada destino'. Los jueces solicitan que la ley concrete el concepto indeterminado de 'causas que no le sean imputables' para aplicar rebajas salariales. El Consejo General del Poder Judicial está de acuerdo en que esta nueva ley de retribuciones permita incentivar la formación y la especialización. Pero destaca que en la norma legal no se articula 'un correlato retributivo de esos objetivos'.

La ley también dispone preceptos referidos a retribuciones fijas y especiales para los miembros de la carrera fiscal. Prevé el derecho de los fiscales a percibir retribuciones variables por objetivos que remunerarían el rendimiento y la actividad extraordinaria.

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