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Contratos y subvenciones

El Icex apoyará a las pequeñas empresas que se asienten en el exterior

Las pequeñas y medianas empresas que busquen implantarse comercialmente en el exterior pueden acogerse a las subvenciones que el Instituto Español de Comercio Exterior, organismo dependiente del Ministerio de Economía, concede a las pymes para facilitar la venta de sus productos en los mercados internacionales.

Las ayudas ofrecidas por el Icex para este fin comprenden la apertura de filiales o sucursales en países incluidos en el Plan Asia-Pacífico (Australia, China, Corea del Sur, Filipinas, Indonesia, Japón, Malasia, Singapur y Tailandia), en países candidatos a integrarse en la Unión Europea (hasta 13 países europeos), en Brasil, Canadá, Estados Unidos, India, México y Rusia.

Las pymes interesadas en acceder a estas ayudas han de cumplir, además, con una serie de requisitos: realizar durante al menos tres años un esfuerzo de expansión en el país objetivo del proyecto, que las filiales o sucursales que implanten en el exterior estén participadas en más de un 50% del capital por la empresa matriz y, en el supuesto de empresas mixtas, que la participación de la compañía española en dicha filial supere el 50%.

El importe de la subvención asciende a 150.000 euros. Como conceptos subvencionables, figuran los gastos de estructura de filiales y sucursales comerciales, entendiendo como tales el material de oficina, suministros, seguros, asesores, etc.; los gastos de promoción comercial en mercados exteriores y los gastos de registros y marcas.

Tramitación

Para tramitar las ayudas, las empresas deben presentar, junto con el impreso de solicitud, una nota informativa actualizada a 1 de enero de 2002 del Registro Mercantil, certificaciones del Ministerio de Economía y Hacienda y del Instituto Nacional de la Seguridad Social acreditativas de que la empresa está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y laborales un balance de situación y cuenta de resultados del último ejercicio disponible, la última memoria de la sociedad y un catálogo de productos.

Si la empresa que opta a la ayuda es una filial de nueva creación, es obligatorio presentar la escritura de constitución y la acreditación de su inscripción en el correspondiente registro. Para sucursales de nueva creación, ha de adjuntarse la documentación acreditativa de la constitución y la acreditación de que está registrada.

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