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Escándalo financiero

De la Concha, condenado a seis años por falsedad en documento público

La Audiencia de Madrid ha condenado a seis años de prisión al ex síndico de la Bolsa Manuel de la Concha por un delito continuado de falsedad en documento público por funcionario público, en relación con una cuenta del ex gobernador del Banco de España Mariano Rubio que gestionaba en su despacho.

Así lo acuerda la Sección Tercera de la Audiencia Provincial en una sentencia, a la que tuvo acceso Efe, que absuelve de los delitos de falsedad de documentos a Carlos Jaime Pittaluga, primo de Rubio.

El tribunal también condena a De la Concha a una multa de 6.000 euros y accesoria de suspensión de profesión como notario durante seis años y le absuelve de un delito de falsedad de documentos cometido por particular.

Según explica la sentencia, contra la que cabe recurso, en noviembre de 1984 Rubio abrió una cuenta de valores en el despacho que De la Concha -condenado en 1999 a un año de prisión por el "caso Ibercorp"- tenía en su condición de agente de cambio y bolsa, "existiendo entre los dos una estrecha amistad".

La cuenta recibió la clave 431/07MM-RU, encargándose en el propio despacho de su gestión, "si bien para evitar que fuese conocida la identidad de Rubio como inversor en Bolsa en operaciones de compra y venta de títulos en Bolsa se vino a utilizar al menos desde 1986 a la sociedad NALVI", constituida por el padre de De la Concha y que éste había liquidado en 1980.

A tal fin, con conocimiento y consentimiento de De la Concha, en la mayoría de las órdenes de compra para esta cuenta se hacía figurar el nombre de NALVI, agrega la sentencia.

"Se omitía el nombre del comprador de tal forma que los servicios de contratación y liquidación de la Bolsa de Madrid procedían a expedir la póliza de operaciones al contado a nombre de NALVI o en blanco, y en este último caso se completaba la póliza en el despacho de De la Concha a nombre de Rubio como propietario de los títulos, siendo registradas todas las operaciones en la cuenta", añade.

La sentencia indica que de esta forma se realizaron en 1986 ochenta y ocho operaciones de compra, trece en el año siguiente y siete en enero y febrero de 1998.

El tribunal recuerda que en 1986 se incorporó al despacho de De la Concha Pittaluga desempeñando funciones de asesoramiento jurídico y de control y supervisión de la cuenta, en la que participaba.

Para la Sala, las pruebas claves están en las periciales practicadas y, especialmente, en la testifical y documental.

Añade que se produce una conducta falsaria "solapándose el faltar a la verdad en la narración de los hechos y suponer la intervención de quien no la ha tenido".

El tribunal niega crédito a las manifestaciones de De la Concha "en orden a ignorar lo que ocurría en su despacho" y desentendiéndose de lo que pasaba en el mismo.

Respecto a Pittaluga, la sentencia concluye que "hay una situación de incertidumbre sobre cuál es su real intervención en los hechos".

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