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Renta

Las sociedades tienen hasta el 25 de julio para presentar el impuesto

La gran mayoría de las sociedades hace coincidir su ejercicio con el año natural. Esto hace que el plazo para declarar el impuesto sobre sociedades se extienda desde hoy, 1 de julio, hasta el próximo jueves 25 de julio.

Uno de los principales cambios de esta declaración es el nuevo régimen de reinversión de beneficios extraordinarios. Un sistema que, en general, sustituye el diferimiento de las plusvalías reinvertidas por una deducción en la cuota. Esta medida, aprobada por la Ley de Acompañamiento, se aplica a ejercicios económicos iniciados a partir de 2002. Pero, según advierte el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), su régimen transitorio incide en la declaración que ahora se presenta.

Según el REAF, asociación que ha elaborado un informe con 'una docena de recetas' destinadas a facilitar la liquidación del impuesto sobre sociedades, las empresas que hasta ahora aplicaban el sistema de diferimiento podrán optar por mantenerlo o bien incluir dichas rentas diferidas en la declaración actual y aplicar la nueva deducción por reinversión en la cuota. Para los expertos del REAF, esta segunda opción será la más interesante, salvo que se haya reinvertido en un inmueble amortizable. Otros aspectos que se deben recordar afectan a la forma de determinar la cifra de negocios para ver si se está o no en el régimen de pymes, el tiempo para compensar bases negativas, las reglas de valoración en operaciones vinculadas y las recientes deducciones asociadas a las nuevas tecnologías.

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