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Fiscalidad

Empresa nueva, impuestos viejos

El Congreso tramita el proyecto de creación de negocios sin proponer reformas fiscales

Sociedad limitada nueva empresa. Así se llamará la nueva sociedad limitada con la que el Gobierno se ha propuesto impulsar la creación de empresas. El pasado 7 de junio, el Consejo de Ministros dio el visto bueno al proyecto de ley y ahora sólo queda esperar a que el Parlamento haga lo propio. De momento, el texto del proyecto está en fase de enmiendas en la Comisión de Justicia e Interior del Congreso. El objetivo de la ley es facilitar al emprendedor la tarea de poner en marcha un negocio. Y para ello se plantea el reto de lograr que en 48 horas una persona pueda constituir una sociedad. Más rápido, más cómodo, más sencillo, pero ¿también más barato?

El negocio que se acoja a la forma jurídica de nueva empresa será una sociedad limitada cuyos socios sólo podrán ser personas físicas (en principio en un número no superior a cinco) y con un capital social no inferior a 3.000 euros ni superior a 60.096 euros que sólo podrá ser desembolsado con aportaciones dinerarias.

También se permite que haya una nueva empresa unipersonal, esto es, con un solo socio. Ahora bien, lo que no será posible es que una persona sea socio único de dos o más sociedades nuevas. En cuanto a los requisitos constitutivos será necesaria, igual que ahora, una escritura formalizada ante notario, que deberá inscribirse en el Registro Mercantil. Todos los trámites necesarios para el otorgamiento e inscripción de esta escritura de constitución podrán realizarse a través de técnicas telemáticas.

Precisamente, poner las nuevas tecnologías al servicio del espíritu emprendedor es el gran pilar en el que se sustenta el proyecto de nueva empresa. Para ello, el elemento básico es el documento único electrónico (DUE). En esencia, el DUE reduce tanto los formularios a los que debe enfrentarse el empresario (de los 15 actuales pasa a uno) como el número de visitas a la Administración que debe realizar (de una media de ocho actuales, bastará con dos). Junto al DUE, los notarios y registradores también pondrán las nuevas tecnologías al servicio del emprendedor. Por un lado, el notario enviará al Registro Mercantil la copia de la escritura de constitución por medios telemáticos. Y, por otro, el registrador mercantil deberá calificar e inscribir la escritura en un plazo máximo de 24 horas. La simplificación y agilidad de los trámites para poner en marcha un negocio traerán consigo un ahorro de costes en tiempo y, quizá también, en dinero (está por ver si habrá o no modificaciones en los gastos por notario y registro, entre otros). Pero, de momento, no hay ningún aviso de reforma fiscal directamente asociada a la nueva empresa.

Incentivos para el futuro

No obstante, recientemente un informe de la subcomisión del Congreso para impulsar el estatuto de microempresa, del trabajador autónomo y del emprendedor recoge la sensibilidad de los parlamentarios hacia las necesidades fiscales del pequeño empresario.

En este sentido, el informe, que cuenta con el voto particular del PSOE, insta al Gobierno a que suprima el impuesto de actividades económicas (IAE) para el 90% de pymes y autónomos, a que apueste por el diferimiento de las cargas fiscales a ejercicios posteriores en el caso de las nuevas empresas y a continuar elevando el volumen de negocio para acogerse al tipo reducido del impuesto sobre sociedades.

Por su parte, el voto particular del PSOE propone que se amplíe a nuevas profesiones la posibilidad de acogerse al sistema de declaración por módulos. Y, en materia de IAE, se propone que pueda deducirse de la cuota del IRPF o del impuesto sobre sociedades con un máximo de 300,50 euros por actividad. Asimismo, propone la ampliación del IVA reducido a las nuevas actividades económicas. Al tiempo, el Parlamento está en plena tramitación de la ley de reforma del IRPF. Reforma que se centra principalmente en las rentas de la familia y los trabajadores, pero que ya apunta un cierto interés del Gobierno por retocar la fiscalidad de la pequeña empresa. Así, por ejemplo, se restringe la aplicación del sistema de módulos y se suprime la transparencia fiscal de profesionales. Esto último afectará directamente a la nueva empresa. De momento, una sociedad transparente no podrá ser nueva empresa, por lo que de mantenerse este régimen para los profesionales se impediría su acceso a la sociedad limitada nueva empresa.

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