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20-J

El TSXG anula los 'mínimos' aprobados por la Xunta de Galicia

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha dictado hoy un auto en el que resuelve anular los servicios mínimos establecidos por el Gobierno gallego durante la huelga general de mañana.

La Sala acuerda suspender los servicios mínimos impuestos por la Xunta y establece unos servicios que no exceden a los de un domingo o festivo, según informó el gabinete de prensa y protocolo del TSXG en un comunicado.

De esta forma el TSXG da la razón a las centrales sindicales convocantes de la huelga general (UGT, CC.OO y CIG), al estimar el recurso contencioso presentado contra la Orden de la Consellería de Presidencia y Administración Pública, de fecha 17 de junio, por la que se dictaban normas para garantizar los servicios esenciales durante la huelga.

El auto dictado por el TSXG dice literalmente que "los servicios mínimos a fijar para el periodo de huelga convocado no podrán exceder, en cada centro del número de personas que normalmente permanecen en los mismos con ocasión de un domingo o día festivo, salvo que se trate de órganos que tales días permanecen cerrados, en cuyo caso habrá de atenderse a los turnos establecidos para los sábados".

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