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Municipios

Los expertos avisan al Gobierno sobre la dificultad de sustituir el IAE

Autores como Javier Suárez Pandiello (profesor de la Universidad de Oviedo y miembro del comité de expertos propuesto por el Gobierno para la reforma de la financiación local) creen que el Partido Popular ha acertado con el diagnóstico de la enfermedad -reformar un tributo que ha quedado anticuado-, pero se equivoca gravemente en su tratamiento.

Los detractores del impuesto apuestan claramente por su supresión. Destacan que el tributo grava el 'mero ejercicio de actividades', con independencia de los resultados económicos de las mismas. Algo que perjudica, sobre todo, a los negocios en ciernes y a empresarios con pocos recursos (pymes), que se ven obligados a pagar un impuesto aunque no se genere beneficio.

Según la Fundación de Cajas de Ahorros Confederadas (Funcas), el IAE apenas representa un 0,3% del PIB, frente al 1,4% de la taxe professionnelle francesa, el 1,6% del geberwesteuer alemán o el 2% de las non-domestic rates británicas, equivalentes europeos al IAE. Sin embargo, en términos cuantitativos, el IAE tiene una enorme importancia para los municipios, recaudando anualmente cerca de 1.800 millones de euros (300.000 millones de pesetas).

Es el segundo impuesto municipal, que acapara el 20% de la recaudación impositiva de estos entes y casi el 7% de sus ingresos no financieros.

La supresión del IAE plantea el problema de encontrar una alternativa para suplir la pérdida de recaudación que sufrirán los municipios. Una de las posibilidades barajadas es la de elevar las transferencias del Gobierno central o las participaciones territorializadas en la recaudación de otros tributos. Sin embargo, esto minoraría el grado de corresponsabilidad fiscal de los ayuntamientos (que perderían poder normativo sobre un tributo, esperando la simple transferencia del Estado). Otra posibilidad es subir otros impuestos locales o ajustar a la baja el nivel de gasto, algo que rechazan de plano los municipios.

La tercera opción es sustituirlo por tributos alternativos. El ministro de Administraciones Públicas, Jesús Posada, y la propia Federación de Municipios y Provincias (FEMP) admiten la posibilidad de ceder parte del IRPF o el IVA.

Función censal

Expertos como Suárez Pandiello proponen mantener el IAE como un impuesto que grava la utilización de factores productivos, dejando intacta su función censal.

Debería, eso sí, modificarse la definición de los elementos tributarios para evitar que se penalice directamente la creación de puestos de trabajo o la innovación tecnológica.

Asimismo, sugiere vincularlo en alguna medida al IRPF o al impuesto de sociedades, de forma que se deje de tributar temporalmente por las actividades que no den beneficios.

En última instancia queda la opción de convertir el IAE en un impuesto 'a cuenta' del IRPF o del de sociedades, permitiendo la deducción de la cuota básica en la de estos impuestos. Manuel de Juan Navarro, del Departamento de Gestión Tributaria de la Diputación de Alicante, y el alcalde de Lleida, Antoni Siurana, advierten que la supresión del IAE supondría para los ayuntamientos carecer de censo alguno para conocer las actividades económicas que se realizan en su municipio. Sin el IAE, las autoridades municipales se quedarían a expensas de la información que sea facilitada por el empresario.

El concejal de Hacienda de Pozuelo de Alarcón y miembro de la citada comisión de expertos fiscales, Adolfo Dodero, avisa también sobre la dificultad de hallar un sustituto para el IAE y aboga por una cesta de impuestos como mal menor.

El Gobierno ya ha adelantado que se introducirán variables más objetivas en el cálculo del IAE -se está estudiando el volumen de facturación o de beneficios como referencia- para que las grandes empresas sigan pagando el tributo. Mientras tanto, está esperando el informe de los expertos, que se hará público en los próximos días.

El mayor esfuerzo fiscal, en Barcelona

 

El IAE viene estipulado en la Ley Reguladora de Haciendas Locales y fue el último impuesto municipal en entrar en vigor (enero de 1992). Sustituyó a las anteriores licencias fiscales (de actividades comerciales e industriales, profesionales y artísticas) y a los impuestos de radicación, publicidad y actividad ganadera independiente.

 

 

 

 

 

 

 

El uso de IAE difiere considerablemente entre los distintos municipios, según las opciones elegidas por los Gobiernos locales para distribuir la carga tributaria entre sus residentes.

 

 

 

El esfuerzo fiscal medio exigido por este impuesto supera ligeramente el 70% del máximo alcanzable (algo más del 60% en las capitales de provincia), fijado por la ley, dentro de un rango que va desde el 30% de Castellón hasta el 100% de Barcelona.

 

 

 

La cuota impositiva se determina incorporando a las cuotas mínimas fijadas en las tarifas del impuesto dos tipos de coeficientes que los ayuntamientos pueden fijar discrecionalmente dentro de una banda fijada por la ley.

 

 

 

El primero de estos coeficientes es de tipo general, según la actividad económica, y varía en función de la población de derecho del municipio. El segundo, llamado índice de situación, pondera la ubicación del local según la categoría de la calle en que radique.

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