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IRPF

Los inmuebles deshabitados generan una renta presunta que debe tributar

Cada tipo de inmueble tiene su casilla correspondiente en el IRPF. En la categoría de rentas de capital inmobiliario, el contribuyente debe declarar el importe de los alquileres que perciba por arrendar inmuebles de su propiedad. En la categoría de imputaciones de renta, se declara el rendimiento presunto que genera el simple hecho de ser propietario de un inmueble que se destina a segunda residencia o está desocupado. Y si la actividad de alquiler se realiza de manera organizada, se deberá acudir a las casillas de actividades empresariales.

Rentas presuntas. Comprar una casa en la playa, además de ser un fuerte desembolso que no se tiene en cuenta por el IRPF, genera un rendimiento para su titular por el que debe tributar en la declaración de la renta. En concreto, debe incluir en su base imponible general el 2% del valor catastral o el 1,1% si dicho valor está actualizado, como así a ocurrido en muchos municipios. Si no se conoce el valor catastral, se declara el 1,1% sobre la mitad del valor de compra. De este ingreso no podrá deducir ningún gasto.

Un garaje comprado de forma independiente a la vivienda habitual o un apartamento en multipropiedad son algunos de los casos más comunes de inmuebles que generan rentas presuntas.

Alquileres. El dinero recibido en concepto de alquiler (excluido el IVA) es la cantidad que debe declararse como rendimiento íntegro del capital inmobiliario. De este importe se deduce todo el gasto necesario, como gastos de portería, administración y mantenimiento del inmueble o por instalar puertas de seguridad o calefacción. En caso de haber pedido un préstamo, sólo se deducen los intereses y sólo en un importe máximo igual al rendimiento.

Si la renta se ha percibido en más de dos años, o de forma irregular, se puede reducir un 30%. Es el caso de ingresos derivados de traspasos o cesión de contrato de arrendamiento de negocio e indemnizaciones por daños.

Si durante el año el inmueble está unos meses vacío y otros alquilado, por el tiempo en que está desocupado también habrá que declarar un rendimiento presunto.

Morosos. En el caso de que un inquilino deje de pagar el alquiler, el titular del inmueble debe seguir declarando su importe como ingreso. Sólo cuando la deuda se convierta en un saldo de dudoso cobro podrá convertirse en un gasto deducible.

El inquilino familiar. En caso de parentesco entre el inquilino y el propietario del inmueble, el importe de la renta que se declare nunca podrá ser inferior al que resulte de aplicar las reglas de los rendimientos presuntos.

Actividad económica. Para que la actividad de alquilar un inmueble se considere una actividad empresarial basta con contar con un local dedicado en exclusiva a la gestión del inmueble alquilado y con una persona contratada a jornada completa. En estos casos, las deducciones son mayores que en la categoría de rendimiento de capital.

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