La Eurocámara aprueba la directiva de servicios financieros a distancia
El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado la directiva sobre comercialización a distancia de servicios financieros, que pretende reforzar la protección de los consumidores que adquieren estos productos, por ejemplo, por teléfono o por correo electrónico.
La norma acepta, en general, el principio de armonización máxima de la legislación, aunque en algunas cuestiones los Estados miembros podrán introducir normas más exigentes. La directiva se aplicará a todos los consumidores, y no sólo a residentes en la UE, y el derecho de rescisión no queda sujeto a condiciones y en general se unifica en 14 días, salvo para contratos de seguros de vida y pensiones de jubilación, para los que se garantiza un periodo de 30 días.
El Parlamento Europeo había reclamado en una primera lectura de la norma 30 días para todo tipo de contrato, frente a los siete días que figuraban en la propuesta inicial de la CE.
Consentimiento explícito
Según lo acordado por la Eurocámara, no podrá darse comienzo a la ejecución del contrato hasta que el consumidor haya dado su consentimiento explícito.
El comisario europeo de Consumo, David Byrne, consideró que la posición común del Parlamento es equilibrada y mejora sus propuestas, 'ya que incluye armonización e información detallada, el derecho de retirada, la confirmación por escrito, la protección del consumidor y la reparación en caso de litigio'.
Byrne reiteró la necesidad de que la directiva salga adelante con el objetivo de que pueda cubrir las lagunas jurídicas existentes, porque con un fracaso en su consecución 'ni consumidores ni empresarios saldrán mejor parados'.
El comisario de Mercado Interior, Frits Bolkestein, destacó los beneficios de disponer de una normativa que proporcione a inversores y consumidores seguridad en los proveedores de servicios financieros a distancia.
Con el voto favorable de la Eurocámara, la norma que permite la comercialización a distancia de servicios financieros deberá pasar ahora por el Consejo de Ministros para su visto bueno, pero no será objeto de un proceso de conciliación, lo que en la práctica supone una aprobación casi inmediata de la norma.