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'Caso Banesto'

La fiscalía pide que se agraven las condenas para Conde

El juicio más largo de la historia judicial española entra en su recta final con la vista en el Tribunal Supremo. La sentencia, dictada el 31 de marzo de 2000 por la Audiencia Nacional, condenó al ex presidente de Banesto a 10 años y dos meses de cárcel por los delitos de apropiación indebida y estafa continuada en dos operaciones realizadas cuando se encontraba al frente de la entidad bancaria. Sin embargo, el tribunal dejó en libertad provisional bajo fianza de 3.005 euros (500 millones de pesetas) a Conde, a la espera del pronunciamiento firme del Supremo.

Sus colaboradores Arturo Romaní, Rafael Pérez Escolar y Fernando Garro fueron igualmente condenados, mientras que los otros siete acusados en el proceso resultaron absueltos.

Ampliación de la condena

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Gráfico: El 'caso Banesto'

La fiscal Soledad Cazorla y hasta ocho acusaciones particulares y populares solicitaron hoy un agravamiento de la pena de 10 años y dos meses de cárcel a la que fue condenado el ex presidente de Banesto, por los delitos de apropiación indebida y estafa continuada en la gestión de la entidad bancaria.

La vista se inició hoy en el Salón de Plenos del Alto Tribunal con la ausencia de los acusados. Tan sólo acudió a primera hora Arturo Romaní y el consejero de la entidad Enrique Lasarte-, aunque ambos abandonaron el tribunal antes de que terminara la sesión.

La fiscal Cazorla desarrolló durante casi una hora los motivos del recurso que presentó en su día contra la sentencia, entre los que destaca la petición de que Conde sea también condenado por un delito de apropiación indebida en relación con la retirada, en abril de 1989, de 300 millones de pesetas de la caja del banco, una operación que el banquero justificó como pagos políticos.

La fiscal, al igual que el resto de acusaciones, razonó que la retirada de este dinero se hizo efectiva con dos talones por valor de 150 millones de pesetas -expedidos con dos meses de diferencia entre el primero y el segundo-, lo que constituye un delito continuado que no puede considerarse prescrito.

Asimismo, la fiscal considera que tanto Conde como el resto de miembros del consejo de administración deben ser condenados por falsedad, al considerar probado que presentaron unos balances de las cuentas anuales del banco a la Junta de Accionistas que no reflejaban la verdadera situación de la entidad. La Audiencia Nacional les absolvió de estos hechos por considerar que este "artificio contable" no era delito antes del vigente Código Penal.

Según la fiscal Cazorla, "no nos encontramos ante un particular o la obligación genérica de decir verdad de un comerciante, sino de una obligación regulada por Ley que exige a los administradores de una entidad bancaria exponer la verdad de sus cuentas".

Uno de los abogados de la acusación particular, que representa a accionistas de Banesto, solicitó además que, en relación con estos hechos, los administradores del Banco sean condenados también por estafa y maquinación para alterar el precio de las cosas, por considerar que engañaron a los accionistas al proponer una ampliación del capital de Banesto ocultando la verdadera situación económica del banco, como último intento de evitar la quiebra.

Prescripción de Hachuel

El tercer punto en el que coincidieron las acusaciones fue la solicitud de condena para el financiero Jacques Hachuel, que fue absuelto por la Audiencia Nacional, al considerar que la operación Carburos Metálicos en la que colaboró no había prescrito en el momento de iniciarse las acciones penales contra él.

Además del Ministerio Público y dos abogados que representaban a accionistas particulares, durante la sesión de hoy también participaron las acusaciones populares que representan a la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC), CC.OO., UGT y las particulares en representación del Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios, Banesto y la Asociacion para la Defensa del Accionista.

Aparte de Mario Conde, la Audiencia Nacional condenó a sus colaboradores Arturo Romaní, Rafael Pérez Escolar y Fernando Garro a 13 años y 8 meses de prisión; 6 años y 2 meses y 6 años de cárcel, respectivamente, mientras que los otros siete acusados en el proceso resultaron absueltos.

La vista por el "caso Banesto" se celebra ante cinco magistrados del alto Tribunal en vez de los tres que es habitual, dada la relevancia del caso y el volumen de la causa, y el ponente de la sentencia es el magistrado José Antonio Martín Pallín.

Una confirmación de la condena llevaría a Conde de vuelta a prisión, donde ya estuvo por el "caso Argentia Trust". A pesar de condenarle, en su día la Audiencia Nacional dejó a Conde libertad provisional bajo fianza de 3.005.060 euros (500 millones de pesetas) a la espera del pronunciamiento firme del Supremo que se conocerá en los próximos meses.

Grandes olvidados

La presidenta del Reagrupamiento de los Accionistas de Banesto, María Victoria de la Muela, señaló hoy que los pequeños accionistas de este banco "son los grandes olvidados", especialmente tras conocer que el Ministerio Fiscal "no ha hecho mención a las indemnizaciones que debemos cobrar".

Tanto De la Muela como el letrado de este colectivo, Victoriano Moreno, explicaron que el Tribunal Supremo, que hoy inició la vista por los recursos a la sentencia de la Audiencia Nacional, debería únicamente reconocer indemnizaciones a los accionistas.

Según el abogado, "un reconocimiento de las mismas (indemnizaciones) para el propio banco supondría un enriquecimiento en detrimento de quienes verdaderamente y junto al Fondo de Garantía de Depósitos reflotaron la entidad bancaria".

A juicio de la presidenta del Reagrupamiento de los Accionistas, cuya asociación tiene su sede en Alicante, "en este procedimiento se está olvidando o ignorando a los verdaderos perjudicados, ya que somos quienes perdieron la práctica totalidad del valor de su inversión, sin ninguna culpa por nuestra parte".

En este sentido, Moreno agregó, tal y como expuso esta mañana ante el Tribunal Supremo, que si bien en toda inversión existe un componente de azar, "ello no tiene nada que ver con invertir o mantener una inversión en una entidad en situación real de quiebra, ocultada de forma dolosa a los mercados mediante el suministro de una contabilidad falseada".

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