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Competencia

El envoltorio de un producto es también marca, según un fallo

La Audiencia Provincial de Murcia ha estimado una demanda por competencia desleal presentada por la sociedad anónima Fuertes (productos El Pozo) contra Campofrío Alimentación. Esta sentencia es publicada por la revista Actualidad Jurídica Aranzadi.

Los hechos a los que se refiere la demanda fueron en un principio revisados por un juzgado de primera instancia que rechazó las pretensiones de la empresa demandante. æpermil;sta emprendió acciones legales contra Campofrío por deslealtad de la publicidad que realizó por utilizar etiquetas y envolturas de los jamones y de los salchichones y chorizos, por su semejanza e imitación de los que son empleados por la empresa Fuertes para productos El Pozo.

Según la demandante, esta situación resulta lesiva para sus intereses y posición económica. En la sentencia se destaca que, según la Ley de Marcas, 'las formas tridimensionales entre las que se incluyen los envoltorios, los envases, la forma del producto o su presentación, como complemento', también supone para su titular el derecho exclusivo a uti- lizarla en el tráfico económico.

En este caso, el tribunal estima que el envoltorio 'forma parte integrante de la marca registrada y genera un derecho de utilización exclusiva mientras no se proceda, en su caso, a la anulación de dicha marca'. El tribunal aplica esta tesis, y por lo tanto da la razón a la demandante, en el caso del envoltorio de los chorizos y salchichones.

Sin embargo, no admite la demanda en el caso de los jamones, 'ya que en el registro de la marca no se hace referencia al envoltorio como signo distintivo propio de la misma', lo que implica que no existe un derecho de exclusiva para la empresa que lo utilizaba con anterioridad a Campofrío. El tribunal no aprecia deslealtad ni riesgo de asociación por parte del consumidor, ni la existencia de un aprovechamiento indebido de la reputación o el esfuerzo ajeno.

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