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Agencia Tributaria

Hacienda efectuará las devoluciones rápidas por IRPF antes del 15 de mayo

El Ministerio de Hacienda quiere generalizar el uso de la devolución rápida para los contribuyentes no obligados a presentar la declaración del IRPF que son, en general, los que ganan menos de 21.035 euros (3,5 millones de pesetas) brutos anuales.

Para este año, la Agencia Tributaria prevé que 1,5 millones de ciudadanos utilicen este procedimiento -1,2 millones lo hicieron el pasado ejercicio- que permite acelerar la devolución del impuesto sin necesidad de hacer cálculos, ya que la administración tributaria realiza la liquidación una vez que el contribuyente le ha comunicado su deseo de que se le practique. La campaña de devolución rápida para no declarantes se inició el 1 de marzo y concluirá el 16 de abril. Durante este periodo se puede presentar la solicitud por correo, Internet o en una oficina de la Agencia Tributaria.

El modelo de solicitud de devolución (el número 104, con carácter general, y el 105 para datos adicionales) se puede conseguir por teléfono (901 200 345), en la página web de la Agencia Tributaria (www.aeat.es) o en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Hacienda comenzará a realizar las devoluciones rápidas en la segunda quincena de marzo. Tiene previsto efectuar la mayoría de ellas antes del 15 de mayo (el plazo acaba el 18 de junio), siempre que no se presenten incidencias. En la pasada campaña ya se había realizado en marzo el 6% de la devoluciones, y el 65%, en abril. Hacienda devolvió por este procedimiento 205,8 millones de euros (34.242 millones de pesetas) en 2001 a 845.396 contribuyentes de los 1,2 millones que presentaron la solicitud.

Se puede solicitar la devolución rápida cuando se cuente con unos rendimientos (ingresos) del trabajo anuales inferiores a 21.035,42 euros (3,5 millones de pesetas), procedentes de un solo pagador o si, teniendo más de uno, la suma del segundo o sucesivos no supera 601,02 euros brutos anuales. Los rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales no pueden superar 1.502,53 euros anuales. Los contribuyentes que se apliquen deducción por vivienda o por planes de pensiones deben presentar la declaración a partir de mayo.

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