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Fraude

Primera condena a un vendedor de tarjetas piratas de televisión

El magistrado juez del Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba, Félix Degayón Rojo, ha dictado la primera sentencia en España contra un vendedor de tarjetas piratas de televisión de pago, en la que establece una condena de seis meses de cárcel y una indemnización a Canal Satélite Digital (CSD) de 500.000 pesetas (3.005,06 euros) por la venta de al menos cuatro tarjetas piratas.

En la sentencia queda probado que el condenado, Blas Javier Merinas, regentaba un local en el que vendía tarjetas piratas para descodificar la señal de CSD. Las tarjetas piratas vendidas posibilitan acceder a la totalidad de los canales difundidos por CSD, así como a todos y cada uno de los programas de pago por visión sin el abono de las correspondientes cuotas y precios establecidos por la entidad.

También realizaba reproducciones de CD, dando a las copias apariencia de autenticidad y vendiéndolas después. Ha quedado probada la venta de un número indeterminado de CD y un número de tarjetas piratas no inferior a cuatro.

Casos abiertos

Por el delito de reproducción y venta de CD se le condena como autor de un delito contra la propiedad intelectual a seis meses de prisión y por la venta de al menos cuatro tarjetas piratas a otros seis meses de prisión, como autor de un delito de estafa informática (según el artículo 248.2 del Código penal) y una indemnización a CSD de 500.000 pesetas.

CSD viene persiguiendo a los fabricantes, vendedores y usuarios de este tipo de tarjetas, encontrándose en este momento en trámite más de 100 diligencias en distintos juzgados de España.

æpermil;sta es la primera sentencia que se produce contra la actividad de fabricación y venta de tarjetas piratas de televisión. Resulta relevante que se tipifique este tipo de actividad como un delito de estafa informática del artículo 248.2 del Código Penal, que prevé una condena de seis meses a cuatro años de prisión si la cuantía de lo defraudado excede de 50.000 pesetas (300,51 euros).

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