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Pensiones

Las pensiones familiares han de garantizarse en toda la UE, según un fallo

Los Estados miembros de la Unión Europea deben garantizar el cobro de las prestaciones familiares en todo el territorio comunitario, independientemente de que el receptor sea o no residente en el país que concede la ayuda, según una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

El tribunal establece en una sentencia que 'el hijo de padres divorciados puede obtener un adelanto de la pensión alimentaria del Estado donde resida el padre que no le paga la pensión, aunque el hijo no viva en ese mismo Estado miembro'.

También constata que 'el hijo de un trabajador puede prevalerse directamente de un derecho a prestaciones familiares como miembro de la familia'. Añade que 'el derecho a la libre circulación de personas se vería obstaculizado si la concesión o la cantidad de prestaciones familiares dependiera del lugar de residencia'.

El máximo órgano judicial de la UE precisa que 'el hecho de vivir en otro Estado miembro no debe ser un obstáculo a la concesión de una prestación familiar siempre y cuando se cumplan las condiciones para ello'. Y aclara que el adelanto de una pensión alimentaria constituye una prestación familiar.

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