Los abogados europeos podrán inscribirse en el Colegio de Barcelona
El Colegio de Abogados de Barcelona ha creado un registro que permitirá a los letrados europeos ejercer de forma permanente en España. La adaptación de la directiva comunitaria que regu-la este ejercicio fue aprobada el pasado mes de agosto por el Gobierno, pero, según el decano del colegio barcelonés, Jaume Alonso Cuevillas, "hasta ahora ningún colegio la había puesto en práctica".
La inscripción en un colegio (en un registro independiente al de los colegiados) es obligatoria para que los letrados europeos puedan ejercer de manera continuada en España. Podrán formar parte de este registro los abogados que hayan obtenido su título en cualquier país miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Su inclusión en el mismo les permitirá prestar asesoramiento jurídico en materia de derecho de su país de origen, derecho comunitario, internacional y español. No podrán incorporarse a las listas del turno de oficio y deberán actuar concertadamente con un colegiado español para actuar ante los tribunales y organismos con funciones jurisdiccionales, así como en los casos de asistencia, comunicación y visitas con detenidos y presos. En estas actuaciones deberán identificarse con el título profesional de su país de origen, sin poder hacer uso del término "abogado".
Tres años después de su inscripción en el registro y de ejercer con regularidad en España, los abogados comunitarios podrán colegiarse e integrarse definitivamente en la abogacía española.