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Un fallo declara cohecho incentivar a los médicos para recetar medicinas

El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia en la que se condena a facultativos del Servicio Nacional de Salud a más de tres años de prisión por delito continuado de cohecho y falsedad continuada en concurso con un delito de estafa. Los facultativos se beneficiaron de incentivos a cambio de recetar determinados medicamentos producidos por ciertos laboratorios. Esta práctica, según el alto tribunal, es ilícita y no puede responder a ninguna actividad de promoción comercial. Esta sentencia (7 de noviembre de 2001) es publicada por el diario de jurisprudencia El Derecho.

En la sentencia se equipara el mencionado "incentivo" a los médicos para la prescripción prioritaria de ciertos medicamentos con el soborno. Explica que esta práctica está prohibida por la Ley del Medicamento. Añade el Supremo que "esta prohibición es perfectamente conocida por todos los profesionales del gremio y concretamente por los ejecutivos de los laboratorios farmacéuticos".

La Ley del Medicamento establece que queda prohibido el ofrecimiento directo o indirecto de cualquier tipo de incentivo, primas u obsequios por parte de quien tenga intereses en la producción de medicamentos a los profesionales sanitarios.

Según el alto tribunal, con el incentivo "se distorsiona la función de la prescripción, que debe estar esencialmente orientada por el interés del paciente y no por el del médico". Añade que con estas "prácticas ilegales se perjudica seriamente la salud de los pacientes, pues el abuso de medicamentos, cuyo empleo racional es beneficioso, puede originar problemas de salud graves".

Considera la sentencia que se puede ocasionar un perjuicio económico innecesario a los pacientes. Asimismo también se estima que con estas prácticas se puede dañar el Sistema Nacional de Salud, cuando éste sufraga el coste de las medicinas, y también podría ser perjudicada la transparencia del mercado y la libre competencia por prácticas comerciales ilegales.

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