Mercedes Benz tendrá que readmitir a una trabajadora embarazada
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a la compañía Mercedes-Benz España a readmitir a una trabajadora que fue despedida a los cuatro meses de quedarse embarazada. Los motivos que alegó la empresa fueron que ya se había extinguido su contrato de trabajo, pero el tribunal catalán entiende que lo que la empresa hizo fue despedirla.
Según la sentencia, como la compañía despidió a la empleada y en aquel momento estaba embarazada, dicho despido "debe ser considerado nulo". No obstante, el tribunal no entra a valorar si el despido tuvo "por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución" o una "violación de los derechos fundamentales".
La Sala de lo Social del tribunal afirma que, "al margen de la existencia o no de intencionalidad discriminatoria", ya "no se trata tanto de sancionar la conducta del empresario", sino de garantizar a la trabajadora embarazada "un plus de proyección incluso en el caso de que la decisión del empresario pudiera ser absolutamente ajena a cualquier móvil discriminatorio".
La mujer fue contratada en diferentes ocasiones por la entidad desde junio de 1998, a través de contratos eventuales de "circunstancias de producción". No obstante, el fallo entiende que dichos contratos temporales fueron concertados "en fraude de ley" por no concurrir "la causa de temporalidad que justifica y permite acudir a este tipo de contratos".
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, señala que dichos contratos "no obedecen en realidad a un incremento temporal y transitorio de la producción, sino a la necesidad de cubrir los puestos de trabajo del personal fijo que disfruta de descansos intersemanales compensatorios por trabajar en sábado". Por este motivo, el fallo judicial considera que la empresa no pudo dar por finalizado el contrato, puesto que había sido contratada de forma irregular y lo que en realidad hizo fue despedirla.