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Un tribunal condena a un empresario por acoso sexual a una empleada

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a un empresario a indemnizar a una empleada por acoso sexual a pesar de admitir en la sentencia que la trabajadora incurrió en "contradicciones" durante su declaración.

El fallo, de la Sala de lo Social del TSJC, disculpa a la empleada por sus contradicciones, "ciertamente existentes", y afirma que "son normales" en estos casos por la "persistencia y duración en el tiempo del acoso sexual" y el "miedo y proceso de culpabilización de la víctima".

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, este miedo "determina que las revelaciones del acoso a sus parientes y allegados adolezcan de claridad y exactitud, lo que en modo alguno desvirtúa la existencia real del acoso". Además de la mujer, declararon familiares de la víctima, cuyas declaraciones también reconoce el tribunal que fueron contradictorias.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña señala que en "la mayoría" de casos de acoso sexual "no existen testigos o, si los hay, no se comprometen por el miedo a que el empresario pueda tomar represalias por sus declaraciones, no existiendo normalmente tampoco evidencias físicas, por lo que en muchas ocasiones no existe más constancia que el testimonio de la propia víctima". La Sala confirma la sentencia y condena al empresario a indemnizar a la trabajadora con 623.132 pesetas, además de declarar extinguido el contrato de trabajo de la denunciante.

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