El Constitucional niega el amparo a un auxiliar condenado por cohecho
El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo solicitado por Miguel Ángel Cañadas Alcoholado, un antiguo auxiliar de los Juzgados de Instrucción de Estepona (Málaga) que fue condenado por una sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga en 1996, confirmada el 7 de mayo de 1997 por el Tribunal Supremo, a dos años de prisión, seis años de inhabilitación y una multa de 100.000 pesetas por ser autor de un delito continuado de cohecho.
El acusado, aprovechando que el Juzgado de Instrucción número dos de Estepona se encontraba en la segunda mitad del año 1990 casi paralizado, debido a que había sido transformado recientemente en juzgado de primera instancia, pidió el traslado de los Juzgados de Marbella, donde desempeñaba funciones, a estas dependencias judiciales.
A partir de entonces, Cañadas, junto con otro funcionario, estableció un sistema de tarifas para poner en marcha los juicios de faltas que se encontraban sin tramitar. De este modo, exigía a los abogados o procurador 5.000 pesetas por cada notificación en la calle con la advertencia de que si no accedían a sus exigencias sus asuntos seguirían la tramitación ordinaria, lo que suponía meses de paralización. Según la sentencia de la Audiencia de Málaga, la eficacia de los acusados en el desempeño de su trabajo hizo que pronto se pusieran a la cabeza de sus compañeros, llevando la iniciativa en la tramitación de los asuntos y accediendo a llevar el libro de registro en el que se distribuían los asuntos civiles en los dos juzgados de la ciudad.
En su recurso ante el Tribunal Constitucional, Cañadas alegó la vulneración de los derechos a un juez ordinario predeterminado por ley, a un proceso sin dilaciones indebidas y a la presunción de inocencia, entre otros. El alto tribunal no ha concedido el amparo solicitado y contesta a la afirmación de que el proceso contra él fue una "inquisición general", señalando que no puede hacer ese tipo de alegaciones porque se investigaran todos sus movimientos.