Agricultura y fiscalidad, materias que más ocupan al tribunal europeo
Durante el año 2000 el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictó 269 sentencias y 53 autos de conclusión de procedimiento. En cuanto a las materias que más resoluciones originaron, agricultura y fiscalidad fueron las que se llevaron la palma. Les siguen asuntos relativos al derecho de competencia y a la libertad de establecimiento y servicios.
El Tribunal de las Comunidades Europeas durante el año 2000 resolvió o finalizó 322 asuntos sobre 27 materias diferentes, que van desde medio ambiente a política de pesca o desde asuntos relativos a transportes o a energía a la libre circulación de capitales. El total de las sentencias dictadas el año pasado por el tribunal europeo (con sede en Luxemburgo) fueron 269. También firmó 53 autos con los que se puso fin a otros tantos procedimientos.
Agricultura y fiscalidad fueron las dos materias que más trabajo generaron en el tribunal. Sobre agricultura dictó 38 sentencias, la mayor parte de ellas sobre prohibiciones de utilización de materias especificadas de riesgo en relación con la encelopatía espongiforme bovina, cuotas lácteas y exportación de productos agrícolas. Sobre fiscalidad se dictaron 29, la mayoría sobre fiscalidad indirecta. Otros ámbitos como el de derecho de competencia, disposiciones sociales, libertad de establecimiento y servicios, aproximaciones de legislaciones y medio ambiente originaron un buen número de resoluciones. España sólo obtuvo una sentencia en 2000 por materia de agricultura y se refiere a la liquidación de cuentas del Feoga de 1992 y 1993. En cuanto a fiscalidad, se dictó otra sentencia sobre la deducción del IVA soportado. Son de destacar los pronunciamientos del tribunal europeo en cuanto al derecho de establecimiento que se refirieron al ejercicio de profesiones liberales. Un ejemplo relevante es la confirmación del reconocimiento mutuo de los títulos profesionales de abogados por parte de los países miembros de la Unión Europea para poder ejercer la profesión de letrado.
Sobre la libre circulación de capitales, el Tribunal de Justicia precisó las restricciones que los Estados miembros pueden aplicar a los movimientos de capitales bien por motivos relacionados con el orden público y seguridad pública, bien por razones de interés general como puede ser la necesidad de garantizar la coherencia del régimen fiscal. Según la memoria del Tribunal de Justicia, durante el año 2000 se desarrollaron de forma muy importante aspectos sobre los principios generales de la Unión.
Por ejemplo, se precisó a través de la jurisprudencia del tribunal la responsabilidad de la Comunidad de los Estados miembros de la Unión por los daños causados a los particulares por la violación del derecho comunitario, la relación entre el principio de autonomía procesal y el principio general del acceso a los documentos de la Comisión, así como los derechos de defensa.