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Rechazada la ejecución del fallo sobre atrasos de los funcionarios

La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha denegado la ejecución presupuestaria provisional de la sentencia que anulaba la congelación salarial de los funcionarios en 1997 y años sucesivos y obligaba al Gobierno a pagar los atrasos correspondientes.

El pasado 31 de mayo, la Federación de Enseñanza de CC OO presentó un escrito en la Audiencia Nacional en el que pedía la ejecución provisional de la sentencia al considerar que el impago de los retrasos suponía un "enriquecimiento injustificado" de la Administración.

La sentencia, conocida el 23 de enero, fue recurrida una semana después por el Estado, que presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por entender que el fallo de la Audiencia trascendía a una mera cuestión de personal, "inscribiéndose en el núcleo de la política económica general del Estado", recurso que fue admitido a trámite por el Alto Tribunal, que actualmente dirime el caso.

Difícil reparación

El auto que deniega el pago provisional de los atrasos clarifica en primer lugar que esta decisión es "completamente ajena" al proceso que dirime el Tribunal Supremo. El auto explica que, según la ley reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, la preparación del recurso de casación no impide la ejecución provisional de la sentencia recurrida. No obstante, advierte, "la ejecución provisional se denegará cuando pueda crear situaciones irreversibles o causar perjuicios de difícil reparación".

El auto de la Audiencia deniega el abono de los atrasos salariales, ya que "resulta evidente que un inmediato abono de tales sumas -muy elevadas, según se desprende de la documentación aportada por la demandada con el escrito de alegaciones- incidiría directamente en la realidad preexistente a tal pago".

Añade que en caso de que el Tribunal Supremo finalmente anule la sentencia, sería imposible "restablecer la situación anterior en su completa identidad".

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