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Las gasolineras ganan una demanda contra la CNE

El Tribunal Supremo ha anulado el sistema de financiación que los grupos petroleros abonan a la Comisión Nacional de la Energía (CNE), argumentando que debe regularse con una ley específica por ser impuesto indirecto.

A efectos prácticos, la sentencia anula las cuotas tributarias que los operadores petrolíferos se ven obligados a pagar a la CNE en concepto de las ventas medias de las compañías (un canon por metro cúbico vendido). Estas cuotas pueden alcanzar los 2.000 millones de pesetas anuales, según fuentes solventes.

La Unión de Petroleros Independientes (UPI) impugnó el pago por no proporcional.

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