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Hachuel, condenado a seis meses de cárcel por alzamiento de bienes

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a seis meses de prisión por un delito de alzamiento de bienes a Jacques Hachuel, financiero francés y socio de Mario Conde, cuando éste presidía Banesto. Hachuel, que no resultó condenado en el caso Banesto, descapitalizó parte de sus empresas para evitar la ejecución de un crédito concedido por Banesto. La entidad se quedará con obras de arte del financiero, valoradas en 2.318 millones.

La Audiencia Provincial de Madrid ha admitido los recursos interpuestos por el fiscal y por Banesto contra una sentencia que dictó el Juzgado de lo Penal número 13 de Madrid en la que absolvió a Jacques Hachuel, financiero francés y socio de Mario Conde cuando éste presidía Banesto, y a otros tres acusados. Hachuel resultó absuelto en el caso Banesto por la prescripción de los delitos, aunque aún debe pronunciarse el Supremo.

La Sala condena a Hachuel a seis meses de prisión por un delito de alzamiento de bienes. La misma condena impone a Rafael García Arteaga y Álvaro Yves Hachuel Collet, administradores del Grupo Hachuel. La sentencia dispone también que los bienes que fueron alzados (cuadros por valor de 2.318 millones) queden a disposición de la entidad SCI Gestión (Banesto).

Según el relato de la sentencia, en febrero de 1992 Hachuel suscribió con Banesto (entonces presidido por Mario Conde) un contrato de apertura de crédito por importe de 7.500 millones con vencimiento en febrero de 1994. El crédito se garantizó con una hipoteca sobre varios inmuebles propiedad de Hachuel y otros de las sociedades a él vinculadas. También se constituyó una prenda sobre las acciones de Banesto que Hachuel había adquirido a través de una sociedad. También se garantizaba el crédito con acciones de la sociedad Portic, a la que se obligaba a mantener su volumen de activos en un importe no inferior a los 2.300 millones. El activo era una colección de obras de arte en pintura (1.356 millones) y esculturas (1.060 millones).

El 27 de noviembre de 1993, un mes antes de que Banesto fuera intervenido por el Banco de España y dos meses y medio antes de la fecha de vencimiento del crédito, el banco notifica por vía notarial el vencimiento anticipado del crédito en el que se liquidaba una deuda de 8.940 millones. El requerimiento no fue atendido y se procedió a la ejecución de las garantías hipotecarias y las acciones pignoradas. Sin embargo, la sociedad de la entidad bancaria no pudo recuperar el total de la deuda. Según explica la sentencia, Hachuel y los otros dos acusados lo impidieron.

Añade el tribunal que "a fin de proceder a ocultar los bienes y hacer inviable la ejecución crediticia sobre el activo de obras de arte, se procedió a la entrega y venta de dichas obras a las propias empresas instrumentales de Hachuel, disminuyendo considerablemente los activos patrimoniales a efectos de frustrar la ejecución patrimonial de los legítimos acreedores". Para conseguirlo se realizaron cuatro operaciones "ficticias" por las que se traspasaron 79 obras de arte por valor de 2.318 millones de pesetas que Banesto no pudo ejecutar. El tribunal dispone que las obras de arte queden a disposición de la sociedad de Banesto SCI Gestión.

La Sala no acoge como válidos los argumentos de los condenados, quienes alegaban que se trataba de una fiducia porque el crédito fue para la compra de un paquete de acciones de Banesto con el fin de asegurar a Mario Conde en la presidencia del banco. El tribunal rechaza este argumento porque no se ajusta a los hechos y no hay documentos que lo acrediten.

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