El Supremo reafirma el monopolio en la venta minorista de tabaco
La Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Supremo, en una sentencia del pasado 18 de junio, ha reafirmado la vigencia legal del actual sistema de monopolio del Estado en la distribución minorista de tabaco. El Supremo desestima así en su totalidad dos recursos interpuestos por la Asociación Nacional de Expendedores de Tabaco y Timbre (Anett) y la Asociación Española de Distribución Automática contra el reglamento que desarrolló la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos.
Estas dos organizaciones pidieron al Tribunal Supremo que revisara preceptos del reglamento como la titularidad de la licencia para venta de tabaco en el segundo canal (máquinas y bares), distancias mínimas exigidas entre estancos, limitación en las unidades de producto para comercializar y obligación de que los puntos de venta con recargo tengan que abastecerse de uno de los tres estancos más cercanos. Y justificaban la revisión de estos aspectos en aras de la libertad empresarial vigente en la Constitución.
El Supremo, sin embargo, deja claro que tal y como está redactada la ley, el comercio al por menor de tabaco sigue siendo un monopolio del Estado que reviste carácter de servicio público. Desde este punto de vista especial entre Administración y administrado, el Supremo asegura que no cabe invocar la libertad de empresa. Y además recuerda que todos los preceptos del reglamento impugnados no son más que el desarrollo ajustado a lo establecido en la Ley del Tabaco.
Además, el Tribunal alega la existencia de "razones sanitarias" para justificar "este interés general en el establecimiento de unas normas restrictivas en la venta con exclusividad".
Ayer, la Unión de Estanqueros, una agrupación enfrentada a Anett (la otra gran asociación del sector), se mostró "muy satisfecha con esta decisión judicial, que defiende la actual regulación del sector minorista del tabaco, confirmando la posición que mantiene desde siempre nuestra organización".