Consumo elabora un contrato tipo que protege al comprador de vivienda
El Instituto Nacional de Consumo presentó ayer un modelo de contrato de compraventa sin cláusulas abusivas. El texto contempla el derecho del comprador a rescindir el contrato en determinadas circunstancias, elegir notario y optar por subrogarse o no en el crédito hipotecario que haya constituido el promotor.
La vivienda es uno de los sectores que originan un mayor número de quejas por parte de los consumidores. En muchas ocasiones éstas se basan en las cláusulas que contienen sus contratos de compraventa de viviendas. Para tratar de evitar esta situación, el Instituto Nacional de Consumo y las comunidades autónomas han aprobado un modelo de contrato de compraventa de vivienda nueva libre de cláusulas abusivas.
El contrato tipo, presentado por la Asociación de Promotores Constructores de España (APCE), cuyo presidente, Guillermo Chicote, señaló ayer que para su organización este modelo de contrato significa "una clarificación del mercado de futuro" con el que espera que "baje la lista de reclamaciones sobre vivienda". El nuevo contrato tipo tiene como principal característica el equilibrio de los derechos y obligaciones de las partes y la de garantizar derechos del consumidor, como el de elegir libremente a un notario o el de optar por subrogarse o no en el crédito hipotecario que pueda haber constituido el promotor. Además, el comprador de una vivienda tendrá la potestad de resolver el contrato en determinadas circunstancias. Una de ellas puede producirse en el caso de que el banco no conceda al comprador el préstamo solicitado. También podrá suspenderse una compra cuando las modificaciones del proyecto de obra supongan una alteración significativa de lo que se pretendía comprar. Será así incluso cuando dichas modificaciones se hayan motivado por causas imprevisibles. Otra de las razones por las que el comprador podrá poner fin al contrato es el retraso en la fecha de entrega d e la vivienda, a no ser que las partes opten por firmar un periodo de prórroga. El nuevo texto, que fue presentado ayer por la directora general de Salud Pública y Consumo, María Dolores Flores Cerdán, también contempla el derecho del comprador de una vivienda a conocer toda la documentación de la que legalmente tiene que disponer. En este sentido, Flores Cerdán aseguró que el nuevo modelo de contrato, cuyo uso es voluntario, "respeta el equilibrio entre los derechos y las obligaciones de las dos partes". Además, en el contrato quedan absolutamente claros los elementos que identifican el inmueble, como la superficie útil, su ubicación, los materiales y su calidad y los anexos de la vivienda, como garaje o trastero.
El contrato modelo ha contado para su aprobación con el criterio favorable de organismos como la comisión asesora de cláusulas abusivas, de la que forman parte representantes del Consejo de Consumidores, la APCE, la Dirección General de la Vivienda, la Dirección General de Registros y Notariado y las Administraciones de las comunidades autónomas con competencias en consumo.