España y Chile discrepan sobre el concepto de la doble imposición
Diferencias de concepto sobre la potestad recaudatoria de cada país son el escollo fundamental que bloquea la firma del convenio para eliminar la doble imposición entre España y Chile. Ambos Gobiernos insisten, sin embargo, en la firme voluntad de cerrar la negociación antes de final de año.
Apesar del optimismo de los mensajes oficiales respecto al avance sustancial en las negociaciones hispano-chilenas para la firma de un convenio para eliminar la doble imposición, las conversaciones mantenidas a escala ministerial, durante la estancia del presidente Lagos en España, han deparado avances más voluntaristas que reales, mientras persisten las diferencias de concepto sobre la potestad recaudatoria de cada país en función del origen de la inversión o de la actividad.
Esta discrepancia, principal escollo para la firma del acuerdo, deriva de la posición española de aplicar a Chile el modelo de convenio que la OCDE fija para los países en igualdad de desarrollo y que establece la potestad recaudatoria de cada país en función del origen de la inversión. Es decir, y aplicándolo a este caso, que las inversiones realizadas por empresas españolas en Chile tributen en España y las de las chilenas en España lo hagan en el país iberoamericano.
Las fuertes diferencias a favor de España en los volúmenes de inversión bilateral (en los cuatro últimos años la inversión española en Chile se sitúa en torno a 1,4 billones de pesetas, frente a poco más de 870 millones a la inversa) hacen inaceptable esta fórmula para el Gobierno de Santiago de Chile, que pide le sea aplicado el segundo modelo de convenio de la OCDE, entre países desarrollados y no desarrollados. Un modelo que fija la potestad tributaria en función del lugar donde se desarrolla la actividad empresarial, favoreciendo, en teoría, al menos avanzado.
Este último supuesto, que permitiría a la Hacienda chilena recaudar los impuestos derivados de la actividad de las empresas españolas instaladas en su territorio, es el que se aplica a los convenios de doble imposición firmados por España con otros países de la región, como Argentina o México, y a los que Chile exige ser equiparado.
Acuerdos con ICO y BSCH
La firmeza de la posición chilena no es óbice, sin embargo, para que ambos Gobiernos reiteren el firme convencimiento de que el acuerdo "es posible", que existe margen para "flexibilizar" posturas y que, como anunció el martes el presidente Lagos a empresarios de los dos países, se pueda cerrar antes de finalizar este año.
A este respecto, fuentes de la Administración española no dudaron en asegurar que "España va a hacer un esfuerzo para que el acuerdo fiscal beneficie a los dos países, sea el más competitivo y ofrezca a las empresas las mejores ventajas fiscales".
Los convenios para evitar la doble imposición son uno de los instrumentos prioritarios diseñados por el nuevo Plan de Internacionalización, aprobado el pasado mes de mayo por el Gobierno español para impulsar la actividad exterior de las empresas.
En la actualidad España tiene firmados más de 40 acuerdos de este tipo y Chile es uno de los países que el citado Plan de Internacionalización define como prioritarios para ampliar la red de convenios de doble imposición junto con Argelia, Egipto, Irán, República Dominicana y Turquía.
Por otra parte, la visita a España del presidente Lagos sirvió también de marco para la firma de dos acuerdos de promoción de inversiones y financiación entre la Corporación de Fomento de la Producción de Chile (Corfo), organismo público equivalente al ICO, con su homólogo español y con el BSCH.
El acuerdo entre Corfo y el ICO tiene por objeto otorgar asistencia técnica y financiación a las empresas que realicen proyectos de coinversión en Chile; mientras que el suscrito con el BSCH permitirá apoyar las operaciones de inversión, asistencia técnica y transferencia de tecnología entre empresas chilenas y españolas, especialmente de las pymes.