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Anulado el despido de una empleada que tomó vacaciones sin permiso

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el despido de una trabajadora que se tomó vacaciones sin permiso de su empresa para ir a la romería de El Rocío, de acuerdo con una tradición de 22 años, aunque aquel año la entidad suspendió tal costumbre debido a la carga de trabajo.

La trabajadora estaba de baja laboral desde enero del 2000 por "síndrome febril con cuadro confusional secundario" y obtuvo el alta médica el 5 de junio, fecha en la que se fue a la romería de acuerdo con la costumbre de su empresa de concederle 15 días de vacaciones coincidiendo con tal efeméride. La empresa en la que trabajaba tenía sobrecarga de trabajo y había suspendido el tradicional reparto de vacaciones entre los trabajadores, si bien la interesada no se enteró al estar de baja. De regreso de la romería, la trabajadora volvió a presentar un parte de baja por lumbalgia que la mantuvo en incapacidad temporal hasta el 5 de julio.

La empresa la despidió al día siguiente, en una decisión avalada por el Juzgado de lo Social número 2 de Huelva, aunque el TSJA declara que el despido fue improcedente porque, "aunque fuera reprochable cierta negligencia" a la empleada, "ésta actuó en la fundada y legítima creencia de estar disfrutando y ejerciendo su derecho a vacaciones". El TSJA argumenta que la trabajadora disfrutaba desde 1978 de una parte de sus vacaciones coincidiendo con la romería, lo que constituye una acuerdo "expreso, persistente y reiterado durante 22 años".

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