El Gobierno admite que adaptará la Ley del IVA a la sentencia europea sobre autopistas
El Gobierno tendrá que adaptar la legislación española en materia de IVA para adecuarla a la sentencia que emitió, el pasado 18 de enero, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
El fallo del tribunal declaraba que España había incumplido la normativa comunitaria por aplicar a los peajes de las autopistas un tipo reducido de IVA del 7 %, en lugar del tipo normal, que en España es del 16%. En una respuesta parlamentaria a la diputada socialista María del Carmen Sánchez Díaz, el Ejecutivo aclara que la sentencia conlleva "obligatoriamente" la modificación del artículo 91.1.1º.primero de la Ley del IVA de 1992, según informa Europa Press.
De este modo, añade, se haría desaparecer la asimilación que actualmente establece la ley de los servicios de utilización de las autopistas y demás instalaciones viarias en régimen de concesión a los transportes de viajeros y sus equipajes. El origen de la sentencia se remonta a 1997, cuando la Comisión Europea abrió expediente a España por entender que aplicar un IVA reducido en las autopistas de peaje vulneraba las normas comunitarias.
Porcentaje reducido
El argumento del Gobierno español fue que la IV directiva de IVA, que regula el cobro de este impuesto, permite que se aplique un porcentaje reducido al "transporte de viajeros y sus equipajes", entre otras categorías consideradas excepciones al tipo normal.
Sin embargo, el tribunal, en línea con las posiciones de la Comisión Europea y del abogado general (fiscal) del caso, entendió que el cobro de peajes no puede asimilarse a la actividad de transporte de pasajeros.
"La puesta a disposición de los usuarios de una infraestructura viaria a cambio del pago de un peaje no consiste en entregar un medio de transporte, sino en que los usuarios de un vehículo puedan realizar un trayecto en mejores condiciones", afirmaba la sentencia del tribunal.