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El Tribunal de Conflictos abre un plazo de 10 días para alegaciones en el 'caso Liaño'

Los seis magistrados que componen el Tribunal de Conflictos se reunió ayer por primera vez durante una hora para iniciar los trámites del conflicto que el Gobierno planteó al Supremo por aplicar parcialmente el indulto concedido al ex juez Javier Gómez de Liaño.

La sala especial está compuesta por el presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Supremo, Javier Delgado Barrio; los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo Rodolfo Soto y Pedro Antonio Mateos y los consejeros permanentes del Consejo de Estado Antonio Pérez-Tenessa, José Luis Manzanares y Miguel Viz-caíno,

El ponente, el magistrado Rodolfo Soto, dio ayer traslado de las actuaciones al ministerio fiscal y al abogado del Estado para que presenten alegaciones en el plazo de 10 días. Después, según establece la ley, el tribunal cuenta con otros 10 días para resolver sobre el conflicto entre ambos poderes. Contra la resolución del Tribunal de Conflictos no cabe recurso. Se trata de resolver si el Supremo actúo de acuerdo a derecho en la aplicación del indulto que el Gobierno concedió a Liaño, condenado por prevaricación continuada en el caso Sogecable y expulsado de la carrera judicial.

El Gobierno concedió el indulto sobre los 15 años de inhabilitación a los que fue condenado Liaño y disponía en el decreto de indulto que fuera reingresado en la carrera judicial. El Supremo, tribunal sentenciador y, por tanto, competente para aplicar el decreto gubernamental, indultó a Liaño sólo de los 15 años de inhabilitación, pero no le devolvió su condición de magistrado porque considera que es ilegal. El alto tribunal afirma que la expulsión de la carrera judicial es una pena ya cumplida, lo que supone que no pueda ser indultada.

No es de la misma opinión el Gobierno, que ha iniciado este conflicto por considerar que el Supremo invade competencias del Poder Ejecutivo. El tribunal considera que no interfiere en las funciones del Gobierno en cuanto a la concesión de indultos, ya que sólo aplica la legalidad vigente.

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